Paul Castro: “Cuentas sueldos son jurídicamente inembargables”
El presidente del Consejo Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú (Conacup), Paul Castro, informó a los oyentes de El Informativo de Nacional que las cuentas bancarias de los trabajadores en las que se les deposita su sueldo son jurídicamente inembargables.
Dijo que las entidades financieras ya no podrán descontar o embargar dinero de las cuentas sueldo de sus clientes, en caso que estos tengan deudas atrasadas o vencidas por créditos de consumo, vehiculares o hipotecarios.
La Corte Suprema emitió sentencia y precisa que las entidades financieras solo podrán hacer embargos si el monto en la cuenta supera el límite legal de 2,075 soles.
Sin embargo, la cuenta sueldo solo es inembargable hasta un tope máximo de 2,075 soles, equivalentes a 5 unidades de referencia procesal (URP). Si su cuenta supera ese monto, la entidad financiera puede embargar solo un tercio del excedente en caso de deudas.
Así lo dispuso una sentencia de la Corte Suprema notificada al Indecopi, que precisa que no se podrá efectuar el descuento así el propio cliente lo haya autorizado en el contrato que firmó, según informó el representante de la Conacup.
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