MINSA autoriza transferir más de S/. 7 millones para Loreto por epidemia de malaria y dengue

El Ministerio de Salud (MINSA) autorizó la transferencia financiera de 7 millones 535,596 nuevos soles a favor del Gobierno Regional de Loreto destinada a la prestación de servicios de salud en dicha región ante la declaratoria de emergencia sanitaria por casos graves y letales de enfermedades metaxénicas.
El considerando de la Resolución Ministerial N° 488-2015/MINSA, recuerda que, mediante Decreto Supremo N° 025-2015-SA, se declara en Emergencia Sanitaria, por el plazo de 90 días calendario en Loreto ante el riesgo elevado o existencia de brote(s), epidemia o pandemia.
El departamento de Loreto viene presentando un brote epidémico de malaria, persistencia de brotes de dengue, además de un riesgo elevado de incremento de casos de leptospirosis y riesgo elevado de ingreso e inicio de transmisión autóctona de fiebre chikungunya.
La transferencia financiera autorizada en la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Acciones Centrales, Actividad 5.000003: Gestión Administrativa, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias.
Los recursos de la presente transferencia financiera no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
La Dirección General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, en el ámbito de su competencia, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia.
El Gobierno Regional del departamento de Loreto, informará al Ministerio de Salud, los avances físicos y financieros en la mitigación del riesgo de los casos graves y letales por enfermedades metaxénicas en el ámbito del departamento de Loreto.
La presente Resolución Ministerial, publicada hoy en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, está refrendad por el ministro de Salud, Aníbal Velásquez Valdivia.
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