EsSalud: Sólo 5 % de aportantes se beneficiará por inafectación a gratificaciones
La presidenta ejecutiva de EsSalud, Virginia Baffigo, invocó a los legisladores a reflexionar sobre la argumentación jurídica que respalda la observación de la ley que propone hacer permanente la exoneración de descuentos a las gratificaciones.
Mencionó que dicha norma es considerada por el Ejecutivo como inconstitucional porque afecta al derecho de la seguridad social, dado que al generar el desfinanciamiento de EsSalud, se mermará la calidad de sus servicios, soslayando el mandato constitucional (artículos 9, 10 y 11 de la Carta Magna).
“Sólo el cinco por ciento de los que aportan a EsSalud que más ganan, se beneficiará con el 38 por ciento de los mil millones que el Seguro Social dejará de percibir. En tanto, que la gran mayoría, es decir el 95 por ciento de los afiliados sólo accederá al 62 por ciento de este monto”, agregó.
Para Baffigo, la menciona iniciativa legislativa sólo sirve a una minoría de altos ingresos.
Remarcó que todo gobierno por mandato imperativo de la Constitución debe actuar como garante de la efectiva protección de los derechos humanos.
“Siendo la seguridad social un derecho fundamental, la ciudadanía espera que los poderes del Estado respeten y hagan respetar este derecho que alcanza a 11 millones de peruanos”, anotó.
Agregó que la Confederación de Trabajadores del Perú, la Confiep, la Sociedad Nacional de Industrias, la Federación Médica del Perú, el Foro de la Sociedad Civil ForoSalud, el Colegio Médico, representantes de las Universidades del Perú, de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, de organizaciones sociales de la comunidad, entre otros, se han pronunciado a favor de la sostenibilidad financiera de EsSalud.
Asimismo, dijo que la posición del Gobierno coincide con opiniones de destacados expertos constitucionalistas del país consultados por EsSalud, en el año 2014.
Por ejemplo, destacó Essalud, el constitucionalista Javier Valle-Riestra, sostuvo que Essalud financia sus prestaciones con las contribuciones de empleadores y pensionistas, sin que exista financiamiento adicional para la cobertura.
“Cuando se afecta su presupuesto, se vulneran dos derechos fundamentales: el derecho a la seguridad social y el principio de solidaridad social”, aseveró el abogado.
Explicó que también se vulnera el principio constitucional del Equilibrio Presupuestario (artículo 78.º de la Carta Magna), que implica que no puede establecerse un gasto no financiado.
Essalud recordó que este aspecto fue advertido por el Ejecutivo durante el Gobierno del expresidente Alan García Pérez, quien también observó la autógrafa de la Ley 29351, según consta en el oficio enviado por Palacio de Gobierno al Congreso, el 21 de enero del 2009, y que antes, según oficio del 27 de diciembre del 2008, ya había informado al Parlamento del mismo defecto.
Asimismo, esta entidad detalló que a finales de julio dispondrá de un nuevo estudio actuarial, el mismo que fue encargado a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Cabe recordar que la OIT, en el estudio actuarial del 2,012, advirtió que de mantener la exoneración afectaría la sostenibilidad financiera de la institución.
El recorte de 854 millones de nuevos soles en el año 2014, se traduce en 2'458,857 consultas, 57,233 días de hospitalizaciones, 44,552 operaciones, u ocho modernos centros de emergencia que podrían haberse logrado de haber contado con los recursos no percibidos.
En otro momento, Essalud recordó que el estudio de la agencia financiera internacional Fitchs Ratings, señala que EsSalud deberá tener ingresos mayores para poder seguir incrementando su inversión, sin deteriorar sus márgenes financieros.
/C.CH.A./ Andina