Política

Pensión de alimentos: PJ recuerda que beneficio alcanzaría hasta los 28 años

14:15 h - Mar, 9 Abr 2024

La pensión de alimentos para hijos mayores de edad se extendería hasta los 28 años, recordó la jueza Graciela Cuadrado Arizmendi, del Décimo Juzgado de Familia de la Corte de Lima Sur, quien añadió que dicha medida se establecería siempre y cuando estén estudiando, sigan una profesión u oficio de forma exitosa y sean solteros.

La magistrada enfatizó que el aumento de la pensión es posible si se justifica una mayor necesidad o una discapacidad física, pero subrayó que el hecho de que el hijo trabaje y tenga ingresos propios no lo exime automáticamente de recibir la pensión.

“Esa es la condición, y que no desaparezca el estado de necesidad”, remarcó la magistrada, quien precisó que así está establecido en el artículo 424 del Código Civil peruano. No obstante, indicó que cada caso se evaluará individualmente para determinar si procede la exoneración de la pensión.

Incluso en situaciones donde el hijo tenga hijos propios, siempre y cuando continúe sus estudios de manera exitosa, podría seguir recibiendo el apoyo financiero de sus progenitores.

El artículo 472 del Código Civil detalla que la pensión de alimentos abarca necesidades como sustento, vivienda, vestimenta, educación, atención médica y recreación.

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