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Conoce los beneficios del carné del Conadis en el Día del Orgullo Autista

9:37 h - Mar, 18 Jun 2024

La subdirectora de Políticas en Discapacidad del Conadis, Laura Ruíz Pimentel, indicó que, de acuerdo con el Censo de 2017, existen más de 3 millones de personas con discapacidad en el Perú, de las cuales solo 489,656 se encuentran inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad (RNPCD) a abril de 2024.

Dentro de este grupo, señaló, hay 22,499 personas con TEA que han gestionado dicho carné, el cual les brinda diversas ventajas, especialmente a quienes tienen un diagnóstico severo.

¿Qué es el carné del Conadis?

Es una acreditación otorgada por el Conadis que identifica a la persona como alguien con discapacidad y le permite acceder a diversos beneficios y programas sociales que ofrece el Estado. Entre estos beneficios se encuentran el derecho preferencial en determinados servicios de atención, acceso a créditos preferenciales, jubilación anticipada, pase libre en el transporte público, entre otros.

Carné celeste y amarillo

El Conadis otorga dos tipos de carné según el diagnóstico del certificado de discapacidad. El carné de color celeste corresponde a una discapacidad leve o moderada, mientras que el de color amarillo se entrega a quienes presentan una discapacidad severa.

¿Cómo obtengo el carné?

De manera virtual:

1. Ingresa a la Plataforma Virtual del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad “Mi Registro en todo el Perú”, seleccionando la opción "Inscripción al registro". 

2. Completa el formulario, adjuntando tu certificado de discapacidad y DNI escaneado en formato JPG, JPEG o PNG.

3. Si realizas el trámite en representación de una persona con discapacidad, debes adjuntar una carta poder simple escaneada en formato JPG, JPEG o PNG.

4. Es opcional adjuntar una fotografía a color actualizada para el carné. De optar por ello, recuerde que es solo del rostro y con fondo blanco, en formato JPG, PNG o JPEG.

5. No olvides añadir tu número de celular o correo electrónico para el envío del carné digital o la coordinación de entrega física.

 De forma presencial:

 1. Acuda a la sede central del Conadis, en la avenida 375, Cercado de Lima, con tu Certificado de Discapacidad, DNI y una copia de DNI del apoderado (solo si corresponde). Si te encuentras en provincia, dirígete a la Oficina Regional del Conadis, a la Oficina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (Oredis) o a la Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (Omaped) de tu distrito, llevando contigo los mismos documentos.

¿Cuáles son los beneficios?

 

- Para las personas con discapacidad se reserva del 5 % de vacantes en los procesos de admisión en instituciones de educación superior públicas y privadas.

- Tienen una bonificación del 15 % adicional sobre el puntaje final en los concursos públicos de méritos.

- Acceso a programas sociales, salud, alimentación, vestido y vivienda adecuados y acceso a servicios públicos que brinda el Estado.

- Atención preferente en todo lugar de atención al público.

- Derecho de licencia al trabajador para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de personas con discapacidad.

- Promoción de la producción y comercialización de los productos de las personas con discapacidad en ferias, mercados y centros comerciales.

- Obtención del duplicado del DNI de forma gratuita en el Reniec.

- Deducción adicional en el pago del impuesto a la renta sobre las remuneraciones de personas con discapacidad a empleadores de tercera categoría.

 - Descuento del 20 % en el ingreso a actividades deportivas, culturales y recreativas.

- Reserva de espacios accesibles para vehículos conducidos por personas con discapacidad o que las transporten.

¿Cuál es la diferencia existe entre ambos carnés?

De acuerdo con la experta, solo los que poseen el carné amarillo (discapacidad severa) tienen derecho a hacer uso del pase libre en servicios tales como: Metro de Lima, Metropolitano, corredores complementarios (para Lima), buses y combis (para Lima y regiones), conforme con la Ley Nº 30412.

“Este beneficio a las personas con discapacidad severa no es por una disposición del Conadis sino del Estado peruano, a través de la Ley N° 30412, que reconoce que este grupo mencionado tiene mayores gastos asociados a su discapacidad y que muchas veces deben tener un acompañante que les brinde el soporte necesario”, precisó en declaraciones a la Agencia Andina.

/DBD/


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