Restricciones para el arresto domiciliario de adultos mayores según nueva ley

El Pleno del Congreso aprobó por mayoría el proyecto de ley que permite el arresto domiciliario para los adultos mayores, los que, además deberán cumplir su condena vigilados por grilletes electrónicos.
La iniciativa establece ciertas restricciones para calificar a sus beneficios, por lo que no todos los casos podrán acogerse a la nueva norma.
Los adultos mayores que quieren acogerse a este beneficio deben haber cumplido el tercio de la pena y ser mayores de 78 años de edad para varones y 70 para mujeres.
También alcanza a los hombres que hayan cumplido 75 años y sufran alguna enfermedad grave o crónica acreditada por el médico legal. Para este caso la edad de las mujeres se reduciría hasta los 65.
No podrán acogerse a este beneficio los condenados por los delitos de terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, delitos contra la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas en modalidad agravada, delito de organización criminal conforme a la Ley 30077 ni los sentenciados a cadena perpetua.
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