Organismo de consumidores recomienda a colegios no cobrar pensiones adelantadas
El Organismo Peruano de Consumidores y Usuarios (Opecu) recomendó a los colegios privados no cobrar la pensión adelantada del mes de abril 2020 porque esa condición está prohibida, así el Indecopi podría iniciar un procedimiento administrativo sancionador, de oficio o de parte, según corresponda, pudiendo ser multados hasta con 450 UIT.
“Los colegios privados están prohibidos de exigir el pago adelantado de las pensiones escolares, de concretarse el Indecopi podrá iniciar un procedimiento administrativo sancionador cuya multa es de hasta 450 UIT. La campaña ‘Al Colegio con Indecopi 2020’ tuvo amplia difusión al respecto, Cobrar pensión adelantada es infracción”, afirmó el presidente de Opecu, Héctor Plate Cánepa.
La asociación de consumidores indicó que el Instituto de Estadística de Informática (INEI) informó hoy que el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana incrementó 0,65% en marzo, haciendo conocer que, entre los grandes grupos de consumo, Enseñanza y Cultura tuvo un alza de 1,27%, explicado, entre otros, por el aumento de la pensión en colegios particulares en 4,4%.
“Cabe mencionar que el pago de la pensión escolar del mes de abril y subsiguientes, solo podrán ser exigidos por los colegios privados o particulares después de haber cumplido con la prestación del servicio educativo en cada periodo mensual, es decir la pensión del mes de abril se pagaría el jueves 30 de este mes, y la subsiguiente de mayo el viernes 29 de dicho mes”, finalizó Plate.
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