MIMP garantiza atención permanente en sus servicios durante estado de Emergencia
Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dispuso la prestación de todos sus servicios para la atención de casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, y para la protección frente al riesgo, desprotección y abandono de las poblaciones vulnerables.
Según la Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano N° 031-2021-MIMP, los servicios esenciales que serán ejecutados las 24 horas del día son: Línea 100, Chat 100, Servicio de Atención Urgente (SAU) y Hogares de Refugio Temporal y la Línea 1810.
Los Centros de Emergencia Mujer (CEM) continuarán con la atención ininterrumpida a través de los equipos itinerantes, así como las Unidades de Protección Especial (UPE) para niños, niñas y adolescentes a través de equipos de contingencia.
También se garantiza la atención continua del servicio de dictado de medidas de protección temporal para personas adultas mayores, los servicios brindados en los centros de atención y acogida residencial de niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores a cargo del INABIF y los equipos de INABIF en acción.
La norma establece que los programas nacionales y los órganos del MIMP cuyas unidades organizacionales presten los servicios esenciales adoptarán las acciones necesarias y urgentes para garantizar su ejecución de manera permanente e ininterrumpida a favor de su población objetivo, lo que incluye, entre otros, el establecimiento de horarios y/o turnos, y el apoyo logístico necesario para los y las servidores/as, para el cumplimiento de sus funciones.
Finalmente, adoptarán las acciones necesarias para implementar los servicios itinerantes que resulten necesarios para la mejor atención de su población objetivo, lo cuales incluyen equipos multidisciplinarios que se desplazarán de acuerdo a la situación de urgencia de cada caso.
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