Lima y Callao: FF. AA. podrán hacer uso de la fuerza durante estado de emergencia
El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Supremo 012-2022-PCM, estableció el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la provincia Constitucional del Callao, con la finalidad de enfrentar la delincuencia.
Esta normativa brinda facultades especiales a las Fuerzas Armadas para realizar intervenciones durante los 45 días que dura el estado de emergencia.
La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Estas últimas están facultadas para hacer uso de la fuerza durante el estado de emergencia de acuerdo con el Decreto Legislativo 1095 y su reglamento.
Asimismo, toda patrulla militar contará con la presencia de personal policial. En caso de su ausencia, el personal militar procederá a la detención y puesta a disposición de la autoridad policial.
Las patrullas de las Fuerzas Armadas actuarán de acuerdo con procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado. El personal militar tiene instrucciones de actuar decididamente, respetando en todo momento la ley, normas y reglamento internos.
En este periodo se suspenden los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24 literal f del artículo 2 de la Constitución Política.
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