Economía

Teletrabajo: Quienes trabajen este 30 de agosto también tienen triple remuneración

8:44 h - Mar, 29 Ago 2023

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral  recuerda a los empleadores del régimen privado que deben efectuar un pago triple a quienes laboren el feriado del 30 agosto, fecha en que se conmemora el Día de Santa Rosa de Lima.
Este pago debe realizarse siempre y cuando los trabajadores no gocen del día de descanso en compensación por el día trabajado.

Las tres remuneraciones están basadas en: una remuneración por el día feriado, una remuneración por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100 %. En ese sentido, si por un día laborado el trabajador recibe 50 soles, al final del mes deberá recibir 100 soles adicionales, dado que la primera remuneración diaria ya se encuentra incluida en su sueldo mensual.

Los trabajadores que están en la modalidad de teletrabajo también tienen derecho a acordar con su empleador un día de descanso sustitutorio o un pago triple por el trabajo en día feriado.
Cabe señalar que el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con los descansos remunerados en días feriados es considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

Las multas por incumplimiento son las siguientes: si es una microempresa, la multa oscila entre 1,138.50 y 3,366 soles. Si se trata de una pequeña empresa, la multa se establece entre 3,811.50 y 37,867.50 soles.

Si no es una pyme, la multa se considerará entre 13,018.50 y 260,023.50 soles.
Los trabajadores que detecten que su empleador no ha cumplido con el triple pago o con otorgar un día de descanso, pueden acudir a la Sunafil o formular denuncias virtuales ingresando a la página  web: www.gob.pe/sunafil. 

Una vez dentro del portal institucional deberán ubicar la pestaña "Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada". 
En caso de que deseen hacer consultas pueden llamar al 01-3902800 (opción 1) o a la línea gratuita 0800-16872. 

/MGP / DBD/


Las más leídas

Lo último

Peruano opina