Aprueban protocolos para agencias de viaje, guías y albergues en el sector Turismo
A través de sendas resoluciones ministeriales publicadas en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó los protocolos sanitario sectorial ante el covid-19 de las agencias de viaje, guías de turismo y albergues.
Las resoluciones, suscritas por el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Edgar Vásquez Vela, señalan que la implementación de la Fase 3 de la Reanudación de Actividades, en el cual está el sector turismo, se inicia a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM a nivel nacional, con excepción de las actividades que se desarrollan en las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
Se indica que conforme al numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM, para la reanudación de las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades, las entidades, empresas, personas jurídicas o núcleos ejecutores deben observar el Documento Técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 448-2020-Minsa.
Incluye los protocolos sectoriales cuando el sector los haya emitido, debiendo asimismo elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo”, el cual debe estar a disposición de los clientes y trabajadores, así como de las autoridades competentes para su fiscalización.
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