Conoce si eres beneficiario de la devolución de aportes del Fonavi
La devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) se realizará a partir del 21 de diciembre y favorecerá a los peruanos que todavía no hayan recuperado estos recursos. Conoce aquí toda la información que necesitas para lograr la devolución de tus aportes.
Existe un link oficial para saber si formas parte del Padrón Nacional de Beneficiarios, oficializado por la Resolución Administrativa Nº 001-2023/CAH-LEY Nº 29625. En los siguientes párrafos te contamos más detalles.
Para esta devolución de aportes del Fonavi el Ejecutivo ha destinado recursos por 2,400 millones de soles a entregarse antes de Navidad.
Fonavi navideño 2023
"Estamos apostando para que en Navidad los fonavistas puedan cobrar, porque ya van a tener cuentas individuales. Hay recursos por cerca de 2,400 millones de soles y si sumamos las cuentas por cobrar los recursos que tiene el fondo llegan a alrededor de 5,000 millones. Esto, sin duda, ayudará a la reactivación de este segmento vulnerable de la población”, dijo el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras.
Cabe precisar que en caso de que no se tenga la información completa de los aportes se otorgarán las facilidades necesarias a fin de acceder a la devolución.
Aquí Link de devolución Fonavi
Si deseas conocer si estás registrado para la devolución de aportes puedes ingresar al siguiente link: MÓDULO DE CONSULTA DEL ESTADO DE REGISTRO (fonavi-st.gob.pe)
Los datos que deberás consignar son el tipo de documento (DNI, carnet de extranjería o libreta electoral), el número del documento y escribir el código que se mostrará en pantalla. Cabe precisar que la lista de las personas beneficiarias está conformada por un total de 64,272 fonavistas integrantes del Grupo de Pago N° 20.
Detalles devolución del Fonavi
Cabe indicar que en el Diario Oficial El Peruano se publicó la Ley 31928, la cual establece medidas y criterios para la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).
La norma modifica tres artículos de la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi (Ley 29625), En ella se indica que, si no se cuenta con información sobre los aportes realizados a este fondo, pero sí con evidencia de que la persona laboró durante el periodo de aportaciones, la Comisión Ad Hoc Liquidadora de los Aportes al Fonavi “está facultada para realizar el cálculo del aporte”.
Se indica asimismo que esta comisión “está autorizada para realizar pagos a cuenta a favor del fonavista, sin limitar su derecho de recibir un monto adicional, en tanto se acrediten mayores aportaciones”. Para ello, dicha instancia determinará cuáles son los medios para acreditar los aportes efectuados, “incluyendo aquellos que pudiera presentar el fonavista”.