Economía

Sunat realizó campañas de gastos no deducibles en 21 supermercados de Lima

Foto: Sunat
16:44 h - Mié, 21 Ago 2024
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) visitó 21 supermercados de dos cadenas de Lima para realizar una campaña de Gastos No Deducibles, que busca orientar a los contribuyentes sobre el buen uso de los comprobantes de pago, solicitando boletas de venta y no facturas por sus compras personales.
 
En la cuarta campaña de Gastos No Deducibles, realizada el pasado jueves 15 de agosto, las acciones se desarrollaron con un equipo compuesto por 55 colaboradores de la Sunat, quienes se distribuyeron en 7 supermercados de la cadena Vivanda ubicados en los distritos de San Isidro, Miraflores, Magdalena del Mar y Santiago de Surco.
 
En tanto, en la quinta campaña de Gastos No Deducibles, desarrollada ayer, 58 colaboradores visitaron 14 locales de la cadena Wong que se encuentran en La Molina, San Isidro, Miraflores, Ate y Santiago de Surco.
 
Durante la campaña se brindó orientación a los consumidores acerca de no utilizar los comprobantes de pago (facturas) por compras de bienes o adquisición de servicios para uso personal y deducirlos de sus impuestos empresariales, lo que configura una inconsistencia, al considerarse un gasto ajeno al giro del negocio.
 
Si un contribuyente utiliza estos comprobantes estaría disminuyendo de manera indebida el importe de sus impuestos y sería sujeto de sanción al omitir el tributo por pagar. Por ello, las personas que tienen consumos personales deben pedir boleta y no factura.
 
Asimismo, los colaboradores colocaron 420 stickers de gastos no deducibles en igual número de cajas de todos los supermercados visitados. Igualmente, se brindó asistencia sobre consultas tributarias y actualización de datos de los contribuyentes.
 
Es importante tener en cuenta que los comprobantes de pago relacionados a los gastos personales no serán deducibles para la determinación del Impuesto a la Renta (IR)y no otorgan derecho a crédito fiscal respecto al Impuesto General a las Ventas (IGV).
 
 
/NDP/LC/

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