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Comisión Permanente otorga plazo de hasta 15 días para investigar denuncia constitucional contra Dina Boluarte

A la expresidenta Dina Boluarte se le imputa la presunta comisión de los delitos de omisión de funciones y, alternativamente, abandono del cargo.
Comisión Permanente otorga plazo de hasta 15 días para investigar denuncia constitucional contra Dina Boluarte. Foto: Andina.
14:40 h - Mié, 4 Mar 2026

La Comisión Permanente del Congreso otorgó un plazo de 15 días hábiles a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales con el fin de que investigue y presente su informe final respecto a las denuncias constitucionales 533, 589 y 598 presentadas contra la expresidenta Dina Boluarte.

A la exmandataria se le imputa la presunta comisión de los delitos de omisión de funciones y, alternativamente, abandono del cargo, tipificados en los artículos 377 y 380 del Código Penal. El referido plazo fue otorgado por unanimidad (20 votos).

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Cabe indicar que las citadas denuncias constitucionales fueron presentadas por los congresistas Ruth Luque, Margot Palacios y Carlos Zeballos y la exfiscal de la nación, Delia Espinoza.

Según el informe de calificación, las denuncias tienen como sustento fáctico que la denunciada, mientras ejerció el cargo de presidenta de la república se realizó una serie de operaciones quirúrgicas en junio de 2023 y que no habría podido ejercer el cargo hasta el 10 de julio del mismo año.

Previamente, la presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, propuso la acumulación de las denuncias constitucionales 533, 589 y 598.

DENUNCIA AL ARCHIVO

De igual manera, la Comisión Permanente aprobó por unanimidad el informe final que recomienda archivar la Denuncia Constitucional 387, presentada por la suspendida fiscal de la nación, Patricia Benavides, contra Tomás Aladino Gálvez, en su actuación como fiscal supremo titular del Ministerio Público.

La denuncia fue formulada por la presunta comisión del delito contra la tranquilidad pública, en la modalidad de organización criminal, así como por el presunto delito contra la administración pública, en la modalidad de tráfico de influencias agravado por su condición de funcionario público.

El informe final concluye que no se acreditó, mediante medios de convicción suficientes, la comisión de un hecho delictivo, por lo que corresponde declarar infundada la denuncia y disponer su archivo.

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