Gobierno declara la primera semana de octubre como la Semana de la Educación Financiera
El Gobierno promulgó la ley que declara la primera semana de octubre de cada año como la Semana de la Educación Financiera.
La norma, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, tiene como objetivo contribuir al bienestar financiero de la población, fortalecer sus competencias para la toma de decisiones informadas a lo largo de la vida y promover una mayor comprensión de los riesgos económicos, financieros y previsionales.
El documento dispone que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) implemente las acciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la ley.
La norma lleva la firma del presidente de la república, José Jeri Oré, y del titular del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez Miranda.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo de ahorro y crédito, así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP.
La SBS es una institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú. Sus objetivos, funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
¿DE QUÉ SE ENCARGA LA SBS?
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo de ahorro y crédito, así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP.
La SBS es una institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú. Sus objetivos, funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Ley n.° 26702.






