Política

Acta de instalación de la suprema corte de Justicia 1825 es declarado patrimonio cultural

Presidente Javier Arévalo desde Chiclayo, donde inauguró modulo laboral-- destacó revalorización de documento histórico.
Foto: Difusión
14:16 h - Vie, 19 Jul 2024

Por sus valores históricos, científicos, políticos y sociales, el Acta de Instalación de la Suprema Corte de Justicia del 8 de febrero de 1825, custodiado por el Archivo de la Secretaría General de la Corte Suprema, fue declarado Patrimonio Cultural de la Nación. 

Así fue refrendado mediante Resolución Viceministerial N° 000201-2024-VMPCIC/MC, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

“El Acta de Instalación de la Suprema Corte de Justicia del 8 de febrero de 1825 presenta una serie de valores históricos, científicos, políticos y sociales relacionados a la identificación de su autenticidad, antigüedad y contenido”, señala la referida resolución.

Su valor histórico radica en que poco tiempo después de la consolidación de la independencia con la batalla de Ayacucho en diciembre de 1824, la instalación de la Suprema Corte dio inicio a una etapa de la administración de justicia con jurisdicción nacional.

En tanto que el valor político porque refleja la ruptura con la institucionalidad colonial por medio del abandono de las connotaciones coloniales y adopción de una identidad de libertad; científico, al ser fuente primaria para la investigación histórica sobre formación de las instituciones republicanas en el país.

El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, consideró grata la revalorización del referido documento hallado entre los archivos y libros antiguos de la institución judicial. 

“Que el acta de instalación de la Corte Suprema sea considerado patrimonio histórico es muy importante. Su revalorización es una grata noticia”, expresó.

Octavo módulo corporativo laboral 

Sus declaraciones las dio al inaugurar, en Chiclayo, el octavo Módulo Corporativo Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, que representa una forma de organización de trabajo moderno y eficiente, diseñado conforme a las normas y principios del Texto Único Ordenado de la Ley N°27584.

El módulo, cuya forma de trabajo se basa en la uniformidad, estandarización y predictibilidad, permitirá agilizar los procesos judiciales en las especialidades de contencioso administrativo, procesos laborales y previsional, que incluye la demanda de muchos trabajadores para acceder a una pensión de jubilación.

“Este módulo corporativo apunta sobre todo a la justicia social en que se verán fundamentalmente casos de pensionistas, un sector abandonado, y que necesita una justicia rápida”, sostuvo el doctor Arévalo Vela.

Asimismo, los juzgados laborales contenciosos abordan procesos como reclamos salariales, reconocimiento de derechos laborales, discriminación laboral, despidos injustificados, acoso laboral, entre otros.

Finalmente, este 2024 se inauguró un Módulo Corporativo Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en Lima Norte, como en Tacna y se tiene previsto inaugurar en Loreto y Cajamarca, próximamente, siendo puestas en ejecución en 10 cortes en casi dos años.

/NDP/MPG/


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