Política

Anulan medida cautelar a la jueza María Vidal La Rosa como presidenta de la Corte Superior de Lima

19:30 h - Jue, 31 Oct 2024

La jueza Ana del Rosario Osorio Sosa declaró nula la medida cautelar con la que la jueza superior titular María Vidal La Rosa Sánchez intentó, entre la noche del 17 y la mañana del 18 de octubre último, reincorporarse a sus funciones, como presidenta de la Corte Superior de Lima.

Dicha medida cautelar fue emitida por la ex jueza supernumeraria del Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, Cinthia Erika Páucar Boza, la noche del jueves 17 de octubre, su último día de labores en ese despacho, para ser notificada, el viernes 18 de octubre.

La medida cautelar dirigida contra la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial dejaba sin efecto la suspensión por seis meses impuesta a Vidal La Rosa, por graves irregularidades administrativas que salieron a la luz con el caso de Andrés Hurtado "Chibolín".

El 14 de octubre, Vidal La Rosa presentó una acción de Amparo contra la Autoridad de Control. Páucar Boza la admitió a trámite el 17 de octubre y ese mismo día, el abogado de Vidal, Elias Silva Huallanca pidió medida cautelar, que fue acogida de inmediato.

Resolución de nulidad

 

Jueza Ana del Rosario anuló medida cautelar a favor de María Vidal la Rosa

La medida cautelar que no fue

La medida cautelar fraudulenta consta de seis páginas. En las cinco primeras páginas se desarrolla el sustento de la demanda de Amparo presentada por Vidal la Rosa. Ella cuestiona la suspensión que le impuso la Autoridad de Control señalando que se refieren a hechos del año 2023 que ya fueron auditados anteriormente.

Además, defiende no haber removido a la jueza Paola Valdivia Sánchez inmediatamente se revelaron sus nexos con "Chibolín" y la respuesta destemplada que dio a los periodistas porque entonces habría afectado su presunción de inocencia y, antes, tenía que ver con quién la reemplazaba.

Sobre el peligro en la demora y la razonabilidad de la medida hay escaso desarrollo en apenas media página. Sobre la razonabilidad de la medida cautelar se habla de "inscribir la demanda en la respectiva partida registral para asegurar que cualquier persona que pretenda establecer relaciones con quien es el verdadero heredero legal podrá saber que la determinación definitiva de dicha situación jurídica es objeto de conflicto judicial".

Un argumento que no tiene nada que ver con la probable reincorporación de una jueza a la actividad jurisdiccional, que no tiene una partida registral donde anotar una medida cautelar. Otro indicio de que la medida cautelar se trabajó antes que se presentará la solicitud y el apuro por emitirla.

/MPG/


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