Política

Aprueban plazo para que Subcomisión investigue a exjuez Hinostroza, Freddy Díaz y 'Los niños'

6:21 h - Mié, 19 Oct 2022

Un plazo máximo de 15 días hábiles tiene la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para realizar la investigación y presentar su informe final de cada denuncia constitucional.

El titular del Parlamento, José Williams, aprobó por unanimidad, tres informes de calificación elaborados por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), que recomiendan la procedencia de dos denuncias constitucionales por los casos de 'Los niños' y César Hinostroza y otra en tan solo un extremo, la del legislador Freddy Díaz, acusado de violación sexual.

El primer informe incluye la Denuncia Constitucional 300, formulada por la congresista Patricia Chirinos (Avanza País), contra los parlamentarios Raúl Doroteo, Juan Mori, Jorge Flores, Darwin Espinoza, Ilich López y Elvis Vergara, todos ellos de la bancada de Acción Popular.

A los congresistas se les acusa por la presunta infracción constitucional de los artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Perú. Además, por la probable comisión de los delitos de colusión simple y agravada, cohecho pasivo impropio, organización criminal y tráfico de influencias.

En ese marco, se les solicita la destitución e inhabilitación para el ejercicio de la función pública por diez años.

El segundo informe de calificación fue la Denuncia Constitucional 245, formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra César Hinostroza Pariachi, en su condición de exjuez Supremo de la Corte Suprema de Justicia, como presunto autor de los delitos de patrocinio ilegal y cohecho activo específico en agravio del Estado peruano.

En tercer lugar, se aprobó el informe de calificación de las Denuncias Constitucionales 284 y 286 acumuladas, formulada contra el congresista Freddy Díaz Monago, en tan solo un extremo.

Procede la Denuncia Constitucional 284, por presunta infracción constitucional de los artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Perú; e improcedente en el extremo de la probable comisión de los delitos de violación sexual y violación de personas en estado de inconciencia o en la imposibilidad de resistir, y se recomienda su archivo de este extremo.

Asimismo, se declaró procedente la Denuncia Constitucional 286, por presunta infracción constitucional de los artículos 39, 1 y 2 (numerales 1 y 24) (literal h) de la Constitución Política del Perú.

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