1. Publican decreto legislativo n.º 1735 que crea el subsistema especializado contra la extorsión y sus delitos conexos, dicta medidas para su implementación, así como dota de operatividad la medida extraordinaria establecida en el literal c) del párrafo 4.3 del artículo 4 de la ley n.º 32490, ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías.
2. Publican decreto legislativo n.º 1734 que incorpora el artículo 26-a en la ley n.º 31061, ley de movilización para la defensa nacional y el orden interno, a fin de establecer la reserva de la información y documentos relativos a operaciones efectuadas durante el estado de emergencia.
3. Publican decreto legislativo n.º 1733 que incorpora el artículo 280-a al código penal, aprobado por decreto legislativo n.º 635, para tipificar el delito de suministro ilegal de servicios de telecomunicaciones en establecimientos penitenciarios y centros juveniles, así como incorpora la cuarta disposición complementaria final al decreto legislativo n.º 1688, decreto legislativo que regula obligaciones y sanciones administrativas para las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones en relación con las comunicaciones ilegales en establecimientos penitenciarios y centros juveniles.
4. Publican decreto legislativo n.º 1731 que modifica el código penal, promulgado mediante decreto legislativo n.º 635, incorporando el delito de exigencia o requerimiento extorsivo.
5. Publican decreto legislativo n.º 1737 que modifica el código de ejecución penal, aprobado por decreto legislativo n.º 654, a fin de fortalecer el régimen cerrado especial, restringir los beneficios penitenciarios y establecer el control judicial del beneficio de redención de pena por trabajo y educación.
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MINISTERIO DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a once (11) unidades bibliográficas (1905-1955) de la producción académica de José de la Riva Agüero y Osma, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, según Resolución Viceministerial n.° 000031-2026-VMPCIC/MC.








