Política

Empresas eléctricas no podrán condicionar atención a reclamos al pago previo de deuda

7:30 h - Vie, 4 Nov 2022

El pleno del Congreso de la República aprobó, por unanimidad, el dictamen de la Comisión de Energía y Minas que plantea modificaciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor, así como Ley de Concesiones Eléctricas, reconociendo derechos en favor de los usuarios

La iniciativa señala que el concesionario no puede condicionar la atención del reclamo formulado por el usuario al pago previo de la deuda.

Además, el usuario tiene derecho a que se le suspenda la orden de corte de servicio, inclusive hasta el momento de ejecutarse dicho procedimiento, si acredita el previo pago de la deuda.

Es decir, todo solicitante, ubicado dentro de una zona de concesión de distribución, tiene derecho a que el respectivo concesionario le suministre energía eléctrica, previo cumplimiento de los requisitos y pagos establecidos por ley.

En su disposición complementaria final, la iniciativa señala que el Poder Ejecutivo, dentro 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley, establece el procedimiento y la escala de multa aplicable y adecúa la normativa sectorial respectiva para la aplicación efectiva de la presente ley.

La representación nacional aprobó el proyecto en primera instancia, con 100 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. De igual manera fue exonerado de segunda votación con 95 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

/HQ/Andina/


Las más leídas

Lo último

Peruano opina