Política

Oficializan ley que delega facultades legislativas al Poder Ejecutivo

La Ley Nº 32089 fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
7:40 h - Jue, 4 Jul 2024

El gobierno peruano oficializó hoy la ley que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional, por un plazo de 90 días calendario.

La Ley Nº 32089, fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Materias:

1. Fortalecimiento, simplificación y calidad regulatoria en materia de inversión pública, privada y público-privada, y gestión de servicios públicos:

En esta materia, el Ejecutivo podrá emitir normas en 35 temas, entre los cuales se encuentran simplificar procedimientos administrativos; medidas de impulso para promover el avance de los proyectos de inversión pública, privada y público-privada; regular el saneamiento físico legal automático de zonas arqueológicas declaradas patrimonio cultural de la nación, entre otros.

2. Mejora de la calidad de la inversión pública:

En esta materia, se autorizó emitir normas en siete puntos, entre ellos, modificar el Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública; el Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; autorizar a la Autoridad Nacional de Infraestructura para que

identifique, formule y ejecute inversiones ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al hub portuario de Chancay.

3. Fortalecimiento de la actividad empresarial del Estado:

Sobre esta materia, se autorizó a modificar la Ley del sistema de fomento y apoyo financiero al desarrollo empresarial, y la ley que autoriza a Cofide realizar actividades de financiamiento en favor de pequeños empresarios y agricultores; así como crear un nuevo marco jurídico que ordene, sistematice y optimice la eficiencia de la actividad empresarial del Estado para fortalecer la estructura y gestión del FONAFE.

4. Reducción de costos de transacción:

Modificará los artículos 2033, 2037, 2038, 2040 y 2042 del Código Civil, a efectos de simplificar los requisitos de territorialidad para la inscripción de títulos en las oficinas registrales a nivel nacional, considerando la implementación

progresiva para el caso del Registro de Mandates y Poderes.

5. Acceso y competencia en servicios financieros:

Se autoriza tomar tres medidas, entre ellas, modificar la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Ley de los Sistemas de Pages y de Liquidación de Valores, entre otros.

6. Equilibrio fiscal:

Entre las seis medidas normativas que podrá tomar el Ejecutivo, se encuentra establecer una reducción gradual del déficit fiscal del Sector Publico No Financiero (SPNF); modificar el Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y consolidar el marco normativo vigente para fortalecer la gestión fiscal de los recursos humanos del sector público. 

7. Tributaria:

Podrá emitir normas sobre dos temas: Regular la tributación de los modelos de negocios basados en la economía digital y el perfeccionamiento del sistema tributario.

8. Política criminológica y penitenciaria:

Se autoriza a abordar ocho temas, entre ellos: modificar el Código Penal referido a la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios de contenido sexual; modificar y sistematizar el marco legal sobre las obligaciones y sanciones de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones e Internet; modificar la Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal, el Decreto Legislativo que fortalece el Sistema Penitenciario Nacional y el Instituto Nacional Penitenciario, entre otros.

9. Desarrollo urbano, habilitación urbana y de suelos, acceso a viviendas y para la intervención estratégica en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay:

Se autoriza a modificar la Ley 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, para impulsar la planificación de las ciudades y los centros poblados en el ámbito urbano y rural, así como disposiciones sobre la declaración de necesidad publica e interés nacional la intervención estratégica e integral en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay, y disposiciones especiales para su construcción y funcionamiento.

10. Seguridad y defensa nacional en el ámbito de inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital:

Podrá legislar en tres temas como: establecer el marco normativo para la creación e implementación del Sistema Integrado de Evaluación del Riesgo Migratorio; crear la Secretaria de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) como entidad pública adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, y modificar el Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y normas del Ejército y la Marina para incluir competencias en ciberdefensa.

/AC/Andina/


Las más leídas

Lo último

Peruano opina