Política

PJ: Usar a menores con fines de mendicidad tiene pena de hasta 25 años de cárcel

15:01 h - Mar, 2 Jul 2024

La jueza de la Corte Superior de Lima Sur, Yavari Villanueva Portella, explicó el marco legal aplicable en casos donde se utilice a un menor de edad para la mendicidad, lo que podría conllevar a situaciones peligrosas para el niño incluyendo la muerte.

Villanueva Portilla detalló que la diferencia entre el delito de trata de personas y el de exposición de personas al peligro radica en la explotación. En el caso de la trata de personas, se considera explotación la mendicidad cuando el menor es alquilado o vendido con fines de explotación.

Uso de menores por familiares

Si un familiar utiliza a un menor de edad para mendicidad, comete el delito de exposición de personas al peligro, sancionable hasta con ocho años de prisión. Villanueva Portella explicó que, si el menor resulta lesionado en estas circunstancias, la sanción podría llegar hasta los ocho años de prisión. Además, el padre podría perder la patria potestad por exponer a su hijo a grave peligro.

Explotación y organizaciones criminales

La mendicidad de menores podría involucrar a organizaciones criminales que captan niños mediante violencia u otros medios coercitivos, configurando el delito de trata de personas. Villanueva indicó que este delito puede conllevar penas de 12 a 20 años de prisión si el menor tiene entre 14 a 18 años, y no menos de 25 años si el niño es menor de 14 años. Si se trata de una organización criminal, la pena mínima es de 25 años.

Agravantes

La magistrada agregó que el delito se complica cuando el menor agraviado resultara lesionado o falleciera. “Hablaríamos de una agravante, en caso de exposición de persona”, afirmó.

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