Política

Pleno insiste en autógrafa que modifica ley de nacionalidad

11:28 h - Vie, 16 Jul 2021

Con 103 votos a favor y 2 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó insistir en la autógrafa de la ley que modifica el artículo 8 de la ley 26574, Ley de Nacionalidad, que antes fuera observada por el Poder Ejecutivo.

El acuerdo fue tomado en la sesión que se realizó el viernes 16 y estuvo conducida por el congresista Luis Roel Alva, segundo vicepresidente del Parlamento Nacional.

La sustentación del dictamen estuvo a cargo del congresista Luis Valdez Farías, presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento. La propuesta elimina “barreras injustificadas para los compatriotas que quieren recuperar la nacionalidad peruana”, señaló.

Indicó que el objetivo de la proyectada norma es modificar el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad a fin de que quede redactado de la siguiente manera:

"Artículo 8. Los peruanos de nacimiento que han renunciado expresamente a la nacionalidad peruana tienen el derecho de recuperarla si cumplen con los siguientes requisitos:

1. Declarar expresamente su voluntad de recuperar la nacionalidad peruana mediante solicitud escrita presentada ante la autoridad competente en el territorio nacional o en las misiones diplomáticas en el exterior, de acuerdo con lo que establece el reglamento.

2. Tener buena conducta y solvencia moral, de conformidad con los requisitos que establece el reglamento".

Valdez Farías aseveró que la propuesta atiende un pedido reiterado y urgente de un sector de compatriotas nacidos y criados en sus primeros años en el Perú, hermanos peruanos que necesitan recuperar su nacionalidad peruana y que padecen, hasta ahora, de la incomprensión y de las trabas que representan los requisitos de la Ley 26574.

“Esas trabas que están reguladas en esta ley, que quizás con buenas intenciones se establecieron hace más de 25 años, pero que hoy en día se tornan irracionales, injustas y excesivas, bajo el marco de los artículos 2 y 53 de la Constitución”, agregó el legislador.

/ES/NDP/


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