PNP podrá reforzar la seguridad en transporte de dinero y valores
El Gobierno aprobó una modificación del artículo 11 del Decreto Supremo n.º 003-2017-IN, con el fin de ampliar las situaciones en las que la Policía Nacional del Perú (PNP) puede prestar servicios policiales extraordinarios utilizando personal que se encuentre de vacaciones, permiso o franco.
La medida, publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, incorpora entre las situaciones extraordinarias la posibilidad de que la PNP atienda, de manera complementaria, la seguridad en el transporte de dinero y valores que realizan las empresas de seguridad privada que cuenten con autorización vigente para prestar dichos servicios.
Cabe precisar que esta situación no estaba considerada en la regulación vigente, lo que limitaba la capacidad de la Policía Nacional del Perú para desplegar acciones preventivas y disuasivas en sectores críticos de la economía nacional.
Este vacío, según el texto modificatorio, derivava en la falta de mecanismos de prevención frente a posibles actos delincuenciales de magnitud en contra de esos activos estratégicos, "lo que incrementa el riesgo de que se produzcan víctimas colaterales, lesiones, daños psicológicos e incluso la pérdida de la vida de transeúntes, comerciantes y demás personas que se encuentren en zonas adyacentes a los escenarios de dichos actos delictivos".
La modificación a la norma establece que los servicios policiales extraordinarios se financian con cargo a la entidad solicitante.
La disposición lleva la firma del presidente José Jerí y del ministro del Interior, Vicente Tiburcio.
El decreto supremo entrará en vigencia tras su publicación en el diario oficial El Peruano y en la plataforma digital del Ministerio del Interior.






