Servir precisa que designaciones en el sector público deben ajustarse a la ley
La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) señaló que las designaciones en el sector público deben ajustarse a la ley hizo, por lo cual hizo precisiones respecto a los parámetros normativos vigentes para la incorporación de personal de confianza.
Según un comunicado, la entidad indica que para las designaciones de personal de confianza -hechas por su naturaleza sin previo concurso público de méritos- debe, en primer lugar, existir un cargo no ocupado previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP).
Para ello, debe tenerse en cuenta que, de acuerdo a la Ley 28175, el número de cargos de confianza no puede exceder el 5% de los servidores públicos con los que cuenta cada entidad y tampoco pueden ser más de 50.
Asimismo, la persona designada deberá cumplir con los requisitos establecidos para el cargo que ocupará. Ello figura en el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Organización y Funciones o en el Manual de Perfiles de Puestos, según sea el caso.
Servir recuerda también que cuenta con competencias legales para supervisar el cumplimiento de estas normas y para “acompañar a los jefes de Recursos Humanos de las entidades del sector público” en ese fin.
En ese sentido, la entidad exhorta a las autoridades de los tres niveles de gobierno y a los jefes de recursos humanos del sector estatal “a trabajar juntos para tomar las mejores decisiones, a fin de fortalecer las instituciones y activar todos los mecanismos para lograr un Estado profesional y meritocrático”.
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