Extinción de dominio: Aníbal Quiroga a favor de modificación aprobada por el Congreso
El Congreso de la República aprobó en primera votación una modificación al Decreto Legislativo 1373, relacionado con la extinción de dominio. La medida busca limitar presuntos excesos cometidos por el Poder Judicial y el Ministerio Público, quienes habrían aplicado este instrumento de forma indebida.
El constitucionalista, Aníbal Quiroga, respaldó la decisión del Legislativo y explicó los fundamentos legales que deben regir este mecanismo.
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"La extinción de dominio implica que una persona pueda ser despojada de su propiedad porque esta es producto del delito. Esto requiere una necesaria consecuencia lógica: que se demuestre que esos bienes son producto de actividades ilícitas”, indicó en el programa La entrevista de Radio Nacional.
El abogado manifestó que en muchos casos no se ha respetado la presunción de inocencia. "Lo que ocurre en el exceso es que mucha gente, en la cual no está probada su responsabilidad, se le priva de su propiedad. Eso es francamente inconstitucional e ilógico”, señaló.
Además, Quiroga recordó casos de personas a quienes se les aplicó este mecanismo y que posteriormente fueron declaradas inocentes. "Es un peligro social porque no hay cómo defenderse. Es un proceso sumamente duro”, expresó.
¿EXISTE UN ABUSO POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO?
Quiroga señaló que el mal uso de esta figura jurídica ha derivado en prácticas similares a la confiscación, lo que contraviene principios constitucionales por parte del Ministerio Público.
"Se ha utilizado mal por parte de jueces y fiscales. La Constitución dice que la propiedad es inviolable. Nadie puede ser privado de ello salvo por expropiación declarada por ley del Congreso y previo pago justipreciado”, precisó.
Sobre la modificación aprobada, destacó la importancia proteger derechos fundamentales. "Se está tratando de regular los excesos. Nosotros somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario. No puede haber una independencia entre la extinción de dominio y la responsabilidad penal", expresó.
Recordemos que, la modificación legislativa señala que el proceso de extinción de dominio solo sería procedente contra bienes y recursos que han sido afectados dentro de un proceso penal con sentencia firme y consentida.
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