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Transporte terrestre interprovincial estará autorizado hasta el 2 de febrero

20:48 h - Sáb, 30 Ene 2021

A través del Decreto Supremo 002-2021-MTC, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones autorizó que el transporte terrestre interprovincial de pasajeros, en los departamentos con nivel de alerta extremo, pueda seguir realizándose de manera excepcional desde el 31 de enero al 2 de febrero de 2021, durante el periodo de inmovilización social obligatoria establecido para evitar la propagación del covid-19.

Los departamentos comprendidos dentro del grupo catalogado como nivel de alerta extremo son: Lima Metropolitana y Lima Provincias, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac. 

Para estos departamentos, la autorización excepcional tendrá las siguientes condiciones: 

- 31 de enero: 75% de las frecuencias autorizadas

- 01 de febrero: 50% de las frecuencias autorizadas 

- 02 de febrero: 25% de las frecuencias autorizadas 

Cabe indicar que, en las regiones con nivel de alerta muy alto, el transporte interprovincial terrestre seguirá permitido durante el periodo de inmovilización, con un aforo del 50%. En el resto de las regiones, que registran un nivel de alerta alto, seguirá dándose el servicio con normalidad.

Estas medidas serán fiscalizadas por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), que viene realizando operativos para controlar que los buses y los usuarios cumplan con las disposiciones, respetando los horarios de toque de queda establecidos en cada región, según su nivel de alerta epidemiológica. 

/ES/NDP/


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