Semana Santa: Ejecutivo oficializa inmovilización en todo el país del 1 al 4 de abril
El Poder Ejecutivo oficializó las restricciones por Semana Santa, del jueves 1 al domingo 4 de abril próximo, que establecen, entre otras medidas, la inmovilización social obligatoria en todo el país para evitar contagios del covid-19.
A través de un decreto supremo, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se señala que todas las personas, a excepción de las que brindan servicios esenciales, deben permanecer en sus domicilios durante este periodo.
En ese sentido, se indica que queda prohibido el uso de vehículos particulares, no obstante la población podrá trasladarse a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes.
Horarios de mercados, farmacias y resturantes
1. Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con aforo según el nivel de alerta y atención desde las 04:00 hasta las 18:00 horas.
2. Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
3. Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 04:00 hasta las 23:00 horas.
4. Actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.
Asimismo, el proceso de vacunación contra el covid-19 se continuará realizando en el referido periodo.
Desde el 01 hasta el 03 de abril se suspende el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea.
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