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Inmunidad Parlamentaria solo se aplica en delitos comunes y no en ejercicio de funciones

10:37 h - Jue, 11 Feb 2021

La abogada especialista en derecho penal, Romy Chang detalló que la ley que elimina la inmunidad parlamentaria vigente desde su publicación no modifica lo relacionado al antejuicio político, conforme al artículo 99 de la Constitución, por tanto, un legislador no podrá ser procesado por un delito cometido durante el ejercicio de sus funciones.

“Desde el día siguiente que se publicó en el Diario El Peruano ya se aplica en todo el Perú, vale la pena precisar que la norma de la inmunidad parlamentaria está referida únicamente a una modificación que elimina ese derecho, pero no el antejuicio político, por esa razón, solamente opera para los delitos comunes, pero no para los delitos realizados en el ejercicio de funciones como congresistas, Defensor del Pueblo, los vocales supremos, los miembros del TC, entre otros”, precisó.

En el Informativo de Nacional, la especialista indicó que según el artículo 99 de la Constitución que aún está vigente y no ha sido modificado, sí gozarán de este beneficio durante todo el tiempo que trabajen como funcionarios y hasta 5 años después de haber cesado en el puesto.

Casos Humberto Acuña y Alarcón

La especialista en derecho penal señaló que en el tema del parlamentario Humberto Acuña, implicado en supuestas irregularidades en el proyecto Olmos durante su cargo como Gobernador de Lambayeque, sí pudiera cursar prisión preventiva si la Fiscalía lo requiere.

“Él está siendo acusado por esos delitos cuando era gobernador regional, es decir, antes de ser elegido congresista, por lo tanto, la norma ha derogado lo correspondiente a la inmunidad y él podría ser procesado y también podría ir a prisión preventiva y ser condenado e ir a prisión”.

Un caso totalmente contrario al parlamentario Edgar Alarcón, quien ha sido Contralor de la República, porque en sus casos, las denuncias efectuadas están relacionadas a su cargo como funcionario del Estado.

/DBD/


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