Conozca cómo fraccionar su deuda tributaria
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Hasta el 31 de diciembre de este año, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) recibirá las solicitudes de las personas naturales y empresas que busquen aplazar hasta por 6 meses y/o fraccionar hasta por 36 meses sus deudas con el Tesoro Público o con EsSalud.
"Con una tasa de interés mensual del 0.4%, la mitad de la tasa normal, el aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda podrá ser posible", comentó Oscar Osorio, profesional del Centro de Servicios al Contribuyente de Sunat.
En Pulso Empresarial, Osorio dio a conocer que de esta manera se trata de dar alivio tributario a esas personas naturales y empresas que pasan por falta de liquidez para continuar con sus negocios.
Explicó que los emprendedores podrán realizar el trámite vía online y para que la solicitud de acogimiento proceda, se deben cumplir los siguientes requisitos:
▪Estar inscritos en el RUC
▪Que, en el caso de las empresas, sus ingresos netos de marzo y abril de este año sean menores a los de similares meses del año pasado.
▪Que hayan presentado sus declaraciones mensuales de IGV y Renta de los períodos tributarios de marzo y abril 2020.
▪Que no tengan un saldo mayor a 215 soles en su cuenta de detracciones.
▪Que hayan presentado las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento.
▪Los que hayan entregado o formalizado la garantía, cuando corresponda.
Las personas naturales y empresas que cumplan los requisitos pueden solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de su deuda tributaria a través del Formulario Virtual N°1704, disponible en www.sunat.gob.pe.
Los contribuyentes con condena vigente por delito tributario y aduanero, así como las instituciones del sector público nacional, y los comprendidos en la Ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado no podrán acogerse a este beneficio.
D.B.D