Empresas operadoras solo pueden activar el servicio de roaming internacional con tu autorización

Empresas operadoras solo pueden activar el servicio de roaming internacional con tu autorización

La activación o desactivación del roaming internacional se efectúa en un plazo no mayor a 24 horas siguientes a la realización de la solicitud del abonado.
10:23 h - Vie, 26 Jul 2024

Si viajas fuera del país durante tus vacaciones o en este feriado largo por Fiestas Patrias, tienes la opción activar el servicio de roaming internacional en tu celular. El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) explica en qué consiste este servicio, el cual puede ser activado o desactivado por la empresa operadora solo con la autorización expresa del abonado.

Según la directora de Atención y Protección del Usuario del OSIPTEL, Tatiana Piccini Antón, el roaming internacional es un servicio, conocido también como itinerancia móvil internacional, que te permite mantener la conexión de internet, llamadas, envío y recepción de mensajes a través de tu celular en el país visitado. Puede ser solicitado por los abonados de la modalidad prepago o pospago del servicio móvil en su empresa operadora del lugar de origen.

Cuando un abonado solicite la activación del servicio, la operadora debe informarle respecto a su derecho a elegir el plazo de duración de dicha activación. Además, la activación o desactivación del roaming internacional se efectuará en un plazo no mayor a 24 horas siguientes a la realización de dicha solicitud.

Obligaciones de la empresa operadora

“La empresa operadora no puede aplicar el cobro de una tarifa por concepto de activación o desactivación del servicio”, advirtió Piccini Antón. Durante la contratación, la operadora debe entregar al abonado las condiciones de contratación y de uso del servicio de roaming, así como de las tarifas aplicables para la prestación del servicio por voz, mensajería y/o datos, para los destinos frecuentes y, de ser el caso, para las zonas de frontera.

También se deberá informar al abonado sobre el derecho a que se le entregue el recibo de pago con el detalle de los consumos realizados. En el caso de los abonados prepago, deben recibir un detalle electrónico en el que consten los consumos mediante correo electrónico o a través de una herramienta informática que implemente la empresa operadora en su página web.

La empresa operadora, asimismo, debe poner a disposición de los usuarios los medios a través de los cuales puede solicitar información y asistencia gratuita, cuando se encuentre utilizando este servicio en el extranjero. También debe enviar el enlace electrónico que direccione directamente a la información específica sobre el servicio de roaming y el número telefónico de acceso gratuito que implemente con la finalidad de absolver consultas y formular reclamos relacionados al servicio.

Para más información sobre sus servicios públicos de telecomunicaciones, los usuarios pueden comunicarse con el OSIPTEL a través del FonoAyuda 1844 o el correo electrónico usuarios@osiptel.gob.pe. Pueden acudir de manera presencial, además, a las oficinas del ente regulador desplegadas a nivel nacional.

/NDP/MRG/ 


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