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Consultorio legal: ''Separación de bienes en el matrimonio''

Elsa Puelles, defensora pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, indicó en el “Consultorio Legal” recomendaciones acerca de este proceso legal.
11:38 h - Sáb, 14 Sep 2024

¿En qué consiste la separación de bienes en el matrimonio? Elsa Puelles, defensora pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), indicó en el “Consultorio Legal” recomendaciones acerca de este proceso legal.

La defensora pública explicó que existen dos figuras legales la sociedad de gananciales y la separación de bienes, en este aspecto cuando no se establece separación de bienes, antes o durante el matrimonio, se da automáticamente la sociedad de gananciales, que implica que todo el patrimonio adquirido se repartirá en partes iguales (50%), entre ambos conyugues.  

PROCEDIMIENTO

La especialista señaló que antes de casarse la pareja deberá acudir a una notaría autorizada para gestionar una escritura pública de separación de patrimonios, en la que ambos manifiestan que quieren ese régimen para su matrimonio. 

Luego de formalizar el documento, el notario iniciará el proceso de inscripción ante la Sunarp, a partir de su inscripción, empezará a ser válida la separación de patrimonios.

Asimismo, agregó que, entre los beneficios de una separación de bienes en el matrimonio, cada cónyuge conserva la propiedad de su patrimonio, podrán administrar y disponer de sus bienes y patrimonio, sin la necesidad del consentimiento del otro. 

De igual manera, ambos conyugues responden con su patrimonio personal de las obligaciones contraídas antes y durante el matrimonio. Los bienes propios (donaciones, títulos, herencias) no podrán ser integrados a una repartición de bienes.

DISOLUCIÓN DEL MATRIMOMIO

En caso de disolución del matrimonio (invalidez del matrimonio, divorcio o muerte), cada cónyuge mantendrá la propiedad de sus bienes y facilita el reparto de la herencia, este proceso legal no impide que los cónyuges puedan adquirir bienes en común. 

Otro aspecto positivo es la protección ante posibles afectaciones por deudas que pueda adquirir uno de los cónyuges durante el matrimonio, ya que estas serán pagadas con los bienes propios del deudor, de acuerdo el artículo 328 del Código Civil.

La defensora pública señaló que cuando se da la unión de hecho, se trata de una pareja o unión entre dos personas solteras distintas del matrimonio, personas unidas de forma estable por una relación de convivencia y de afecto. En tal sentido, es legalmente posible la incorporación del régimen de separación de patrimonio en la unión de hecho, realizando el mismo procedimiento legal.

En este aspecto, la Defensa Pública orienta, si quieren seguir en la sociedad de gananciales o pasar a separación de bienes, dependiendo de la situación en que se encuentre, pueden acceder un patrocinio para poder realizar el proceso legal para la separación de bienes en el matrimonio.

DEFENSORIA PÚBLICA

Asimismo, la especialista señaló que existen distintas vías de acceso para acceder a la defensa pública, acudiendo de manera presencial a cualquiera de las 34 direcciones distritales, a nivel nacional, en cada distrito judicial va a haber una defensa pública que está conformada por profesionales que pueden brindar la asesoría legal gratuita. 

De igual manera, se da a través de la línea 1884, que es la línea de orientación legal gratuita, donde va a contestar una central que va a derivar el caso a la competencia territorial correspondiente para su debida atención.

/RAM/


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