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Gobierno emite norma para garantizar continuidad de corredores complementarios

ATU estará habilitada para negociar adendas a los contratos con las empresas de transporte de Lima y Callao
17:19 h - Sáb, 28 Sep 2024

El gobierno emitió hoy un decreto legislativo que garantiza la continuidad del servicio público que se presta en los corredores complementarios del sistema integrado de transporte de Lima y Callao.

El decreto legislativo Nº 1678, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, asegura la sostenibilidad económica y financiera de los contratos de concesión de dichos corredores, la cual está siendo afectada, entre otros factores, por la informalidad en el transporte. 

La norma detalla que, con la finalidad de lograr una solución integral a este problema, resulta necesario habilitar a la ATU a negociar, acordar y suscribir con las empresas concesionarias, adendas de modificación a los referidos Contratos de Concesión de los Corredores Complementarios. 

Para esto podrá emplear mecanismos de sostenibilidad económico-financiera en dichos contratos, privilegiando en todo momento el interés de los usuarios y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.

Gracias a la presente norma, la ATU ejercerá el rol de entidad pública titular de proyecto de asociación público privada, lo que incluye supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los contratos de concesión que se hayan celebrado, sin perjuicio de las competencias a cargo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público. 

Los acuerdos serán suscritos por la ATU a través de su presidente ejecutivo, quien puede ratificar acuerdos adoptados con anterioridad, siempre que se refieran a controversias surgidas dentro de los últimos doce (12) meses de promulgada la presente norma y se cumpla lo establecido en la presente disposición.

Se promoverá uso de buses eléctricos

El decreto legislativo Nº 1678 da espacio además a la promoción de la electromovilidad en los corredores complementarios. 

En un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Legislativo, la ATU aprobará mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva el inicio de las acciones necesarias para el desarrollo de corredores complementarios con flota eléctrica, a ser implementada en el plazo máximo de un año de la vigencia de la presente norma. La ATU aprobará un procedimiento especial para obtener autorizaciones.

Finalmente, la norma establece la promoción de la electromovilidad en los corredores complementarios. Al respecto, en un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Legislativo, la ATU aprobará el inicio de las acciones necesarias para el desarrollo de corredores complementarios con flota eléctrica, conforme a las necesidades de su Plan Regulador de Rutas.

/NDP/MPG/


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