IDL: Norma sobre uso de armas establece reglas claras para la Policía, los ciudadanos, los fiscales y jueces
El coordinador del Área de Seguridad Ciudadana del Instituto de Defensa Legal (IDL), César Bazán, consideró que la norma que regula el uso de armas, por parte de la Policía Nacional del Perú (PNP), da las reglas claras de cuando el oficial debe usar la fuerza letal.
En Radio Nacional del Perú, explicó que el uso de la fuerza policial se entiende “desde la presencia policial, que es disuasiva; la verbalización, donde se dan órdenes; el uso de la fuerza física, cuando se detiene a alguien y ya por algo extremo (y esto plantea la ley), usar la fuerza letal, cuando esté en riesgo la vida del policía, de otra persona o cuando haya riesgo de que ocasione daño grabe a otra persona”.
Al respecto, Bazán sostuvo que la PNP tendrá ahora “mucho más claridad y garantía, de que si hace uso adecuadamente de su arma letal, no estará inmerso en un proceso judicial que injustamente lo lleve a la cárcel. Porque aquí las reglas claras están planteadas”.
“Me parece que esta norma de uso de la fuerza policial es positiva. Nosotros desde el IDL mirábamos de manera muy crítica la delegación de facultades legislativas porque creíamos que no se necesitaban muchas normas…pero dentro de las normas dadas, esta justifica la delegación de facultades, porque es una norma clara que establece reglas claras para los ciudadanos, la policía los fiscales y los jueces”, manifestó.
Asimismo, planteó realizar campañas que busquen recuperar el respeto a la policía. “Lo que pasa en América Latina es que el ciudadano hace un cumplimiento selectivo de las normas, cumplen las normas que les conviene e inclusive desde los entes que dan las normas, estas se crean en beneficio de algunos sectores que van apoyarla”, sostuvo el abogado de IDL.
Finalmente, hizo hincapié de que en la norma, dada por el Ejecutivo, se reemplaza “en la norma como regla general de riesgo real e inminente”; la palabra “Y” por “O”, en casos de protestas. ”Una cosa critica de esta norma, es que establece como regla general para el uso de la fuerza letal el riesgo real y riesgo inminente. Sin embargo, para reuniones tumultuarias, para protestas sociales borra el “Y” y lo reemplaza por el “O”, entonces en una manifestación la policía debe de demostrar que hay riesgo real o inminente. Eso puede ser usado por los abogados, pues en un juicio hay que demostrar que había uno de los dos”, indicó.
DATO
Según el Decreto Legislativo N° 1186, publicado el domingo 16 de agosto en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la Policía, en uso de fuerza letal, podrá utilizar su armamento en caso de peligro de muerte o de lesiones graves durante la comisión de un delito grave, así como en defensa propia o en la protección de otros civiles. Del mismo modo, también la faculta cuando exista este mismo tipo de peligro en la resistencia de la persona que va a ser detenida, en una fuga o en una reunión tumultuaria violenta.
Se determina en el referido decreto que el arma de fuego solo podrá ser usada "cuando sea estrictamente necesario, y sólo cuando medidas menos extremas resulten insuficientes", y para ello se deben seguir los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
/MRM/