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García Toma: “No existe el principio de convencionalidad en nuestra legislación”

13:52 h - Jue, 4 Oct 2018

El expresdiente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, explicó que “en nuestra legislación no existe el procedimiento de control de convencionalidad”, lo que deja ciertas dudas con respecto a la anulación del indulto humanitario que se le otorgó a Alberto Fujimori.

Añadió que el paso inicial para objetar el indulto debió ser la presentación de una acción de amparo que siga su curso en las instancias correspondientes del Poder Judicial. Además, consideró grave que la resolución, que revoca la gracia presidencial, señale que esto se da por la aplicación del principio de convencionalidad a todas las sentencias condenatorias, lo que estaría restringiendo las prerrogativas del presidente.

“Hay un párrafo en la sentencia de la resolución que es bastante grave y señala que la aplicación del principio de convencionalidad en el Perú debe ser para todas las sentencias condenatorias de manera íntegra, eso significa que habría desaparecido el derecho de gracia, es decir (el mandatario) no podría conmutar, otorgar indultos humanitarios, indultos comunes, ni siquiera podría dar amnistía para condenados por razones políticas”, refirió para El Informativo.

García Toma aclaró también que, a pesar de los cuestionamientos en torno a este tema, la resolución debe ser cumplida en tanto se resuelva su apelación, es decir el expresidente Alberto Fujimori deberá volver al centro penitenciario que destine el INPE para el cumplimento de su condena.  

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