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¿Cuáles son los feriados que restan en el 2023?

8:44 h - Vie, 25 Ago 2023

Los feriados o días no laborales son siempre una oportunidad para el tiempo en familia, viajar o desarrollar actividades pendientes que no pueden hacerse por el trabajo o estudio. Por esa razón, en esta nota te contamos cuáles son los feriados calendarios y los días no laborables que restan en el 2023.

En días feriados, el trabajador debe descansar y percibir su remuneración habitual. Sin embargo, aquellos que acuerden trabajar estos días, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple pago correspondientes a los siguientes conceptos:

1. La remuneración correspondiente al día feriado

2. La remuneración correspondiente a la labor efectuada

3. Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100% de la remuneración correspondiente a la labor efectuada.

En el caso de los días no laborables, es aplicable para los trabajadores del sector público. Este día es considerado hábil, y a diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.

Feriados calendarios y no laborables que restan en 2023

Miércoles 30 de agosto: Día de Santa Rosa de Lima (próximo)

Domingo 8 de octubre: Combate de Angamos

Lunes 9 de octubre: día no laborable

Miércoles 1° de noviembre: Día de Todos los Santos

Jueves 7 de diciembre: día no laborable

Viernes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

Sábado 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho

Lunes 25 de diciembre: Navidad

Martes 26 de diciembre: día no laborable

Lunes 1° de enero: Año Nuevo 2024

Martes 2 de enero: día no laborable

¿Cuánto debes percibir si trabajas un feriado?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo explica que, si laboras de forma presencial o remota un día feriado, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu remuneración total del mes.

¿Cómo se calcula?

Sunafil explicó que en el caso de que tu remuneración mensual sea de S/ 1,025, tu remuneración diaria es de S/ 34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1025/30).

Al saber cuánto percibes por día, puedes calcular cuál sería tu pago. Te correspondería lo siguiente:

-Una remuneración por el trabajo realizado:      S/34.17

-Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/34.17

En total sería S/68.34 por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual.

Entonces, S/68.34 x 2 feriados laborados = S/ 136.68.

A fin de mes, recibirás en total S/1161.68.

Cabe señalar que, en caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional, precisa Sunafil.

/DBD/


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