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Ley de Flagrancia será más efectiva con mayor inversión en medicina legal

17:16 h - Mié, 23 Dic 2015

Todo proceso se basa en pruebas, pero no se ha invertido en estos medios, eso es lo que se necesita para incrementar el número de procesos inmediatos, sostuvieron en Radio Nacional del Perú.

“El Estado no ha invertido para este proceso inmediato (Ley de Flagrancia), no tenemos las pruebas técnicas ni científicas que podamos recabarla en 24 horas. En el caso de Buscaglia tenemos el video que no tiene nada de científico ni de técnico, sino es la declaración del policía y con eso se fue a juicio”, indicó el presidente de la Junta de Fiscales de Lima Sur, Omar Tello.

“Pensemos en casos graves, como un homicidio o el análisis de un disparo, se requiere más tiempo (para el estudio de la prueba) porque el Estado no ha invertido en medicina legal, no tenemos la infraestructura, la tecnología, los médicos, ni el personal suficiente para que esta prueba podamos aportarla dentro del tiempo”, acotó.

Además, informó que a la fecha, en Lima Sur,  se tuvieron 151 casos de flagrancia, de los cuales 16 han ido a proceso inmediato y 45 han sido archivados por principio de oportunidad, es decir, que la víctima y el agresor han encontrado una solución, han negociado.

 Asimismo, el fiscal dijo que del total de casos de flagrancia, 74 tuvieron que ser derivados a la Fiscalía, porque en su mayoría no contaban con la prueba suficiente para ir a juicio.

La mitad de casos de flagrancia están siendo derivados para continuarlos después, con el proceso anterior, que demora 5 o 6 años, todo debido a la falta de medios probatorios”, agregó.

Para finalizar, consideró que la Ley de Flagrancia es una “buena medida” que lanzó el Estado para la administración de justicia, pero este mecanismo tiene que ir de la mano con inversión en medios probatorios. “No solo se trata de la norma, la reforma no solo viene por una cuestión normativa, sino también por una cuestión presupuestal. Ahí debe apuntar el Estado”, puntualizó Tello.

Como se recuerda, desde el 29 de noviembre de 2015, se viene aplicando el Decreto Legislativo que pone en vigencia el proceso inmediato en el caso de la flagrancia, es decir, la comisión de un delito que es descubierto en el mismo momento de su producción. La normativa implica una celeridad en cuanto a la investigación y el juzgamiento. 

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