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Código Penal contempla penas severas por lesiones graves a menores de edad, afirma especialista

El especialista Walter Palomino indicó que ante la negligencia de los padres para cumplir su rol de protección, corresponde al Estado actuar de manera inmediata para salvaguardar la integridad física y la vida de la víctima. Foto: captura de pantalla. 
16:10 h - Mar, 10 Feb 2026

La prisión preventiva dictada contra Carlos Flores Juárez y Silvana Méndez Tamara, investigados por presuntas agresiones graves contra su hija recién nacida, se sustenta en lo que la jurisprudencia denomina una “sospecha fuerte o vehemente” contemplada en el Código Penal. 

Así lo explicó el abogado penalista Walter Palomino en entrevista para El informativo de Radio Nacional, quien señaló que el órgano jurisdiccional ha valorado la existencia de graves y fundados elementos de convicción que permiten inferir la comisión de un acto delictivo en perjuicio de una menor de edad.

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"Desde una evaluación de los hechos es imposible que una bebé de un mes de nacida pueda producirse por sí sola las lesiones que presenta, entre ellas fracturas múltiples, politraumatismo y un hematoma cerebral con pronóstico reservado", señaló Palomino. En ese sentido, sostuvo que las versiones ofrecidas por los padres no resultan coherentes con el cuadro clínico de la menor, actualmente internada en el Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja, en Lima, bajo protección del Estado.

El especialista enfatizó que la intervención estatal responde a la obligación de garantizar los derechos fundamentales de la menor desde el inicio de su vida. Indicó que, ante la incapacidad o negligencia de los padres para cumplir su rol de protección, corresponde al Estado actuar de manera inmediata para salvaguardar la integridad física y la vida de la víctima.

PENA POR LESIONES GRAVES OSCILA ENTRE SEIS Y DOCE AÑOS DE PRISIÓN

Palomino precisó que los hechos se encuentran tipificados en el artículo 121-B del Código Penal, referido a las lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Explicó que el numeral correspondiente establece una agravante cuando la víctima es menor de edad, circunstancia que incrementa la gravedad de la imputación penal.

"De confirmarse los hechos en el proceso judicial, la pena prevista oscila entre seis y doce años de privación de la libertad. Además, la norma contempla la inhabilitación, lo que podría afectar directamente el ejercicio de la patria potestad, al evidenciarse un grave incumplimiento del deber de garante que recae sobre los padres respecto de la salud y seguridad de sus hijos", explicó Palomino.

El letrado subrayó que el derecho penal reacciona de forma severa ante conductas que ponen en riesgo la vida de una menor, más aún cuando se trata de una bebé de un mes de nacida. Añadió que, en un escenario extremo, como el fallecimiento de la víctima, la pena podría elevarse hasta los quince o veinte años de cárcel.

RESPONSABILIDAD SOCIAL Y DEBER DE DENUNCIA

Finalmente, Palomino exhortó a la ciudadanía a mantenerse alerta frente a cualquier signo de violencia infantil. Recordó que toda persona que tenga conocimiento de hechos que puedan constituir delito debe denunciarlos oportunamente ante las autoridades, a fin de prevenir consecuencias irreparables y garantizar el derecho de los menores a una vida libre de violencia.

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