Licencia para portar armas de fuego será única y tendrá vigencia de tres años
Una única licencia para portar armas, cuya vigencia será de tres años, y tarjetas de propiedad por cada arma que se posea hasta un máximo de tres, establece la Ley de Armas de Fuego, publicada en el Diario Oficial El Peruano y que fija sanciones con multas de hasta 500 UIT.
La norma fortalece el control y el servicio de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), al otorgarle capacidad de denegar y cancelar licencias y autorizaciones.
Asimismo, incluye en el ámbito de control de la Sucamec a las armas de uso particular de la Policía Nacional del Perú y Fuerzas Armadas.
Esta norma, aprobada en diciembre del año pasado por el Congreso de la República, permite actualizar y modernizar la regulación de estos materiales controlados, cuya normativa vigente databa de hace más de 20 años.
La nueva ley –que entrará en vigencia a partir de la publicación de su reglamento en El Peruano– favorece un control más adecuado de los materiales peligrosos y permite brindar un mejor servicio a los usuarios por parte del Estado.
/CCH/ Andina