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Defensoría del Pueblo: Mininter debe agilizar aprobación de instrumentos pendientes para mejorar labor de serenazgos

No se cuenta aún con centros de capacitación autorizados y se encuentran pendientes diversos documentos que permitirán mejorar dicho servicio.
15:28 h - Jue, 6 Jul 2023
Al haberse publicado la Ley 31795, por medio de la cual se autoriza el uso de medios de defensa a miembros de los serenazgos en todo el país, la Defensoría del Pueblo envió un documento al Ministerio del Interior (Mininter) en el que solicitó reforzar la labor que desarrollan dichas instituciones, mediante la aprobación urgente de diferentes instrumentos de gestión que se encuentran pendientes y que permitirán, entre otras cosas, mejorar las intervenciones en beneficio de la seguridad ciudadana.
 
De acuerdo a información recogida por la Defensoría del Pueblo, en su rol de institución encargada de supervisar el funcionamiento correcto de la administración estatal, hasta mayo último no existía ningún centro de capacitación dirigido a miembros de serenazgos debidamente autorizado ni certificado por el Mininter. Además, se encontraban en proceso de elaboración los procedimientos administrativos para la autorización y certificación de dichos centros.
 
Sumado a ello, se advirtió también la falta de aprobación de lineamientos para la ejecución del patrullaje integrado entre la Policía Nacional del Perú y el servicio de serenazgo municipal, documento que resulta importante para garantizar el trabajo articulado entre estas instituciones en su lucha diaria contra la delincuencia común. Tampoco se encontraba aprobado el perfil del personal de serenazgo y el manual del sereno municipal, pese a que este último documento debió ser aprobado a más tardar a inicios de este año.
 
Por último, se verificó que un grupo importante de gobiernos locales no había cumplido aún con designar al funcionario o funcionaria a cargo de mantener actualizada la información de su personal de serenazgo en el Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos.
 
Para la Defensoría del Pueblo, si bien con la aprobación de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal y su reglamento, establece el inicio de un proceso de estandarización de este importante servicio, resulta imprescindible que, para contribuir con la profesionalización de las serenas y los serenos y elevar la calidad del servicio que brindan a la ciudadanía, se acelere la aprobación de los instrumentos de gestión que permitan poner en marcha las disposiciones contenidas en la normativa legal vigente.
 
Así fue señalado en el documento dirigido al Mininter, en el que se precisa que resulta necesario que se emitan los protocolos y manuales que regulen el desempeño correcto de la función de los serenazgos, pero con un enfoque de protección de derechos humanos y de atención a los grupos vulnerables de la población. “Resulta imprescindible dotar a este personal no sólo de nuevos implementos, sino también garantizar su capacitación para el uso adecuado de los mismos, con el fin de velar por que la utilización de estos medios se realice en estricto cumplimiento y respeto de los estándares internacionales y nacionales en materia de derechos humanos”, se precisa en el documento.
 
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