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Fonavi 2025: ¿cuándo inicia el pago al tercer grupo de reintegro?

Este grupo de reintegro está conformado por 189 826 fonavistas titulares a partir de los 70 años. Verifica en esta nota si eres beneficiario.
El pago incluye a los fonavistas fallecidos que, de haber continuado con vida, cumplirían 90 años al 31 de marzo de 2025. Foto:difusión.
15:31 h - Jue, 10 Abr 2025

A partir de este viernes 11 de abril se iniciará el pago del reintegro al tercer grupo de fonavistas beneficiarios —que forman parte del primer al decimonoveno grupo de pago y que recibieron parcialmente la devolución de sus aportes del Fonavi—, según lo establece la resolución administrativa de la Comisión Ad Hoc, publicada en el diario oficial El Peruano.

Este grupo de reintegro está conformado por 189 826 fonavistas titulares a partir de los 70 años. También considera a fonavistas fallecidos de dicho grupo que, de haber seguido con vida, cumplirían 90 años al 31 de marzo de 2025.

Además, la norma incluye a quienes figuren en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad (Conadis), a los que perciben pensión de invalidez de la ONP y a quienes acrediten tener una enfermedad grave o terminal.

El monto aprobado por la Comisión Ad Hoc para cumplir con los pagos asciende a S/631 353 301.07, el cual será transferido progresivamente al Banco de la Nación.

¿CÓMO SABER SI FORMO PARTE DEL PADRÓN?

Si usted desea conocer si forma parte de esta lista puede ingresar aquí: fonavi-st.pe/. En ese enlace está publicado el padrón oficial de beneficiarios del tercer grupo de reintegro.

BANCO DE LA NACIÓN SERÁ EL ENCARGADO DE LOS PAGOS 

La norma dispone la emisión y notificación del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD), a través de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, creada por la Ley n.º 29625.

El Cerad se entregará de manera virtual a través de la página Web de la Secretaría Técnica del FONAVI. Sin embargo, el beneficiario puede solicitarlo a través de las plataformas de atención al fonavista.

El detalle de los fonavistas que componen el tercer grupo de reintegro será publicado en el portal institucional de la Secretaría Técnica (www.fonavi-st.gob.pe y/o www.fonavi-st.pe), para los cual se habilitará un módulo de consulta individual con el fin  de facilitar el acceso a dicha información.

El dispositivo legal señala que el Banco de la Nación será el encargado de efectuar el pago del reintegro correspondiente a los fonavistas del tercer grupo, a partir del 11 de abril de 2025.


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