Acusar constitucionalmente a la fiscal de la Nación requiere pasar por tres instancias
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Para acusar constitucionalmente a la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, requiere primero alcanzar los votos necesarios y pasar por tres instancias, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, la Comisión Permanente y el Pleno, por lo que creo que esto solo se trata de una respuesta política, dijo Erick Urbina, constitucionalista y analista político.
“Entonces el poner una suerte de sanción ya es algo peculiar. No me atrevería a decir necesariamente que están transgrediendo la Constitución, porque el mencionar que pueden acusar constitucionalmente a la doctora Ávalos, no va a lograr mayor cosa, si es que primero no se consiguen los votos, y para que proceda tiene que pasar por esas tres instancias”, aclaró Urbina.
Señaló que el Congreso de la República tiene la potestad de invitar a la fiscal de la Nación y otras autoridades, pero con un límite, “tan solo puede obligar a que algunos de estos acudan cuando se trate de una comisión de investigación y en este caso a la doctora Ávalos la está invitando la Comisión de Justicia”, aclaró.
Discrecionalidad
Indicó, además, que el Congreso tiene la potestad de pedir cuentas y ejercer ese control político sobre el resto de órganos, en este caso si invita a la fiscal de la Nación, esta debe acudir para informar dentro de lo que le compete y dentro de su margen de su discrecionalidad.
“Ojo el Congreso puede invitar a un fiscal para que explique su accionar o la ausencia de este, pero no pueden invitarlo para censurar o sancionar por no haber acusado como ellos consideran, los fiscales tienen autonomía para poder actuar”, aclaró.
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