Ley ofrece beneficios tributarios a empresas que contraten jóvenes
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó disposiciones reglamentarias para la aplicación del beneficio tributario que otorga la Ley del Joven Empresario (Ley 31828).
Sin embargo, en El Informativo de Radio Nacional, el abogado tributarista Miguel Ángel Carrillo Bautista, señaló que el título de la norma puede confundir. Explicó el sentido de la ley.
“El título confunde. Al leer Ley del Joven Empresario se puede pensar que el Estado otorgará beneficios a un joven por formar empresa, pero no es así. Con esta norma, el Estado dará beneficios a la empresa ya constituida que contrate jóvenes de entre 18 y 29 años de edad”.
Carrillo Bautista señaló que las empresas que contraten a uno o más trabajadores nuevos, de ese rango de edad, pueden aplicar una deducción adicional equivalente al 50 % de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual.
“Pero también establece ciertos requisitos como asegurarse que estos nuevos trabajadores no hayan tenido contrato formal en los 12 meses anteriores y que la remuneración básica no sea mayor a 1700 soles”, precisó.
Destacó que esta norma fomente la contratación formal de jóvenes y otorgue alivio a las empresas en sus cargas tributarias deduciendo mayor gasto.
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