Locales

Disponen apoyo económico a deudos y heridos de gravedad en movilizaciones

Foto: Difusión.
8:31 h - Lun, 27 Dic 2021

La entrega de apoyo económico a los heridos de gravedad y deudos de familiares fallecidos en las movilizaciones producidas en noviembre y diciembre de 2020 oficializó el Poder Ejecutivo mediante el Decreto de Urgencia Nº 114-2021, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

De esta manera, se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el desembolso, por única vez, de 40 mil soles por cada persona fallecida en las marchas del 20 al 30 de diciembre de 2020, hasta por un monto máximo de 80 mil soles.

También se dispone entregar 15 mil soles, 25 mil soles y 40 mil soles, según corresponda, por concepto de apoyo económico por cada persona herida de gravedad en las movilizaciones indicadas anteriormente, hasta por un monto máximo de 720 mil soles.

Se consideran personas beneficiarias del apoyo económico a aquellas que han sido identificadas por la Comisión Multisectorial creada para estos fines y es ésta la que determinará el monto que le corresponde a cada de una de las personas heridas de gravedad.

El apoyo económico no tiene naturaleza resarcitoria ni reparatoria. Este beneficio no tiene implicancia en la determinación de eventuales responsabilidades administrativas, civiles y/o penales del personal de la Policía Nacional del Perú que participó en las movilizaciones realizadas entre el 10 y 14 de noviembre, el 1 y 3 de diciembre y el 20 y 30 de diciembre de 2020.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es responsable del cumplimiento de la presente norma, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

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