Política

Comisión de Constitución del Congreso aprueba restablecer inmunidad parlamentaria

La medida deberá ser vista y debatida por el Pleno. De ser aprobada, la inmunidad parlamentaria se aplicará partir de las elecciones de 2026.
Comisión de Constitución del Congreso aprueba restablecer inmunidad parlamentaria. Foto: difusión.
9:56 h - Mié, 21 Mayo 2025

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó, por mayoría, la propuesta legislativa que restablece la inmunidad parlamentaria para senadores y diputados que sean elegidos a partir del proceso de Elecciones Generales 2026 en adelante.

Con 14 votos a favor, 3 en contra y 5 abstenciones, fue aprobada la iniciativa sustentada por el congresista Wilson Soto Palacios (Acción Popular), y será debatida en el Pleno.

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Dicho dictamen se basa en la modificación del artículo 93 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley 31988, Ley de reforma constitucional que restablece la Bicameralidad en el Congreso.

¿DE QUÉ SE TRATA?

El texto establece que, desde el momento de su elección y hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, los parlamentarios no podrán ser procesados penalmente ni privados de su libertad sin autorización previa de la cámara a la que pertenecen o de la Comisión Permanente, la cual deberá pronunciarse en un plazo improrrogable de 30 días calendario.

Asimismo, se ha incorporado una regla excepcional para casos de delito común flagrante, donde el parlamentario deberá ser puesto a disposición de su respectiva cámara o de la Comisión Permanente en un plazo máximo de 24 horas, para que autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento.

De no emitirse pronunciamiento dentro de los plazos señalados, se aplicará el silencio positivo, y el congresista será puesto a disposición de la Corte Suprema de Justicia, que decidirá si corresponde o no iniciar el proceso penal y proceder al desafuero correspondiente, poniéndolos a disposición del juez competente.

A propuesta de diversos congresistas, esta inmunidad no se aplicará para delitos cometidos antes de la elección de los diputados y senadores. Asimismo, se reemplazó el término “procesados” por “procesados penalmente”, a fin de delimitar claramente el alcance de esta prerrogativa.

Como se recuerda, la inmunidad parlamentaria fue eliminada en el año 2021 por el Congreso de aquel entonces.

DEBATE

Durante el debate, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), presidente de la Comisión de Constitución, señaló que la inmunidad parlamentaria es una institución presente en la mayoría de las democracias del mundo, no como un privilegio personal, sino como una prerrogativa funcional para proteger la labor legislativa frente a presiones indebidas.

En ese sentido, señaló que su restauración busca preservar el equilibrio de poderes y garantizar que el Congreso pueda cumplir su rol fiscalizador sin temor a represalias.

El legislador Wilson Soto Palacios (AP) precisó que la inmunidad no significa impunidad. “Lejos de blindar a los congresistas, fortalece la institucionalidad del Parlamento y evita injerencias indebidas”, señaló.

El congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular) señaló que la reforma devuelve el carácter institucional a la inmunidad parlamentaria. Dijo que no se aplicará a los actuales congresistas, lo que elimina cualquier conflicto de interés.

“Con procedimientos definidos, 30 días en casos ordinarios y 24 horas en casos flagrantes. Se garantiza transparencia y se evita el uso abusivo de esta garantía”, anotó.

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