Gobierno refuerza marco legal contra la minería ilegal, extorsión y sicariato
El Gobierno promulgó un conjunto de normas que endurecen las penas y amplían el alcance de la persecución penal contra delitos como la minería ilegal, el tráfico de insumos, la tenencia de armas y crímenes de alta peligrosidad como la extorsión y el sicariato. Así lo explicó el abogado Carlos Caro, especialista en Derecho Penal, durante una entrevista para El informativo de Radio Nacional.
Según detalló el especialista, las modificaciones alcanzan tanto al Código Penal como a normas de carácter procesal e incorporan nuevas figuras delictivas que buscan cerrar vacíos legales utilizados por organizaciones criminales.
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NUEVO DELITO VINCULADO A LA MINERÍA ILEGAL
Uno de los cambios más relevantes es la creación de un nuevo delito relacionado con la minería ilegal. La norma sanciona ahora a quienes transporten, comercialicen, almacenen o procesen minerales provenientes de actividades mineras no formalizadas, sin que sea necesario demostrar que estos tengan un origen penal directo.
“Basta comprobar que los minerales provienen de actividades fuera del proceso de formalización o sin permisos administrativos”, explicó Caro. Esto implica que personas que se beneficien indirectamente de la minería ilegal también podrán ser procesadas penalmente.
Las penas para estos delitos se han incrementado y pueden alcanzar hasta 12 años de prisión, especialmente para quienes trafican insumos destinados a esta actividad ilícita.
MÁS FACULTADES PARA INVESTIGAR EXTORSIÓN Y SICARIATO
Otro cambio importante está relacionado con la lucha contra la criminalidad violenta. En casos de flagrancia por extorsión, sicariato o secuestro, la Policía Nacional podrá revisar teléfonos móviles y otros equipos informáticos del detenido con autorización del Ministerio Público, sin necesidad de una orden judicial previa.
De acuerdo con el penalista, esta medida busca agilizar las investigaciones, ya que la prueba digital es clave en este tipo de delitos. No obstante, advirtió que la norma podría ser cuestionada desde el punto de vista constitucional, al tratarse de una excepción al secreto de las comunicaciones.
TENENCIA COMPARTIDA DE ARMAS Y PENAS SUSPENDIDAS
Las normas también introducen ajustes en los delitos vinculados a la tenencia ilegal de armas, incorporando agravantes cuando estos se cometen de manera conjunta entre varias personas.
Asimismo, se precisan los alcances de la suspensión de la ejecución de la pena, limitando este beneficio en determinados casos. Carlos Caro aclaró que no se trata de un cambio radical, sino de ajustes dentro de una política penal que en los últimos años ha tendido al endurecimiento de sanciones.
¿MÁS PENAS, MENOS DELITOS?
Finalmente, el especialista fue enfático al señalar que el aumento de penas no garantiza por sí solo una reducción de la delincuencia. Desde una perspectiva criminológica, sostuvo que el verdadero impacto se logra fortaleciendo las capacidades operativas de la Policía y del Ministerio Público, así como mejorando los recursos logísticos y presupuestales.
“Las penas más altas no son una garantía automática. Lo que realmente ayuda son las reformas procesales y una mejor capacidad de investigación”, concluyó.
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