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Todo lo que debes saber sobre el impuesto a la renta 2025

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Foto: Andina. 
11:00 h - Jue, 5 Mar 2026

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ya ha establecido los cronogramas para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta del año 2025, que deberán cumplir personas naturales y empresas.

Pamela Caballero, profesional de servicios al contribuyente de la Sunat, explicó que existen dos cronogramas para presentar estas declaraciones. El primero aplica a los grupos económicos o empresas que hayan superado las 1700 UIT anuales (S/9 350 000), así como a aquellos que inicien actividades en 2025 y estén en el Régimen General. Estos deberán utilizar el formulario virtual n.° 710, disponible desde el 2 de enero. Por su parte, las personas naturales o los contribuyentes de la tercera categoría deberán presentar su declaración mediante el formulario n.° 709, que estará disponible a partir del 31 de marzo.

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"Quienes hayan estado en el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) o Régimen Especial no están obligados a presentar la declaración anual. Pero si, por ejemplo, comenzaron el 2025 en el NRUS y en noviembre pasaron al Régimen General o Mype Tributario, deberán declarar solo por noviembre y diciembre", dijo la especialista.

Asimismo, se refirió a quienes debían presentar su declaración como es el caso de las personas naturales, aquellas que tengan algún un saldo por pagar o un saldo a favor, como aquellos perceptores de quinta categoría (trabajadores dependientes) y tengan gastos por arrendamiento de inmuebles, o que perciban ingresos como trabajador independiente o dependiente y tengan que atribuir gastos de arrendamiento a su cónyuge

Según Caballero, hay personas que no están obligadas a presentar su declaración de renta, tal como es el caso de las personas que solo reciben la quinta categoría y que no tienen saldo por pagar ni saldo a favor, ni gastos de arrendamiento, incluyendo a los no domiciliados.

Ahora es más sencillo revisar nuestra información, el contribuyente si es persona natural puede descargar el aplicativo APP Personas, donde podrá revisar la información personalizada de aquellos que están en tercera categoría, sobre todo los ingresos, además de gastos directos que hayan hecho, los pagos en planilla, las retenciones de impuestos que haya hecho el empleador, gastos deducibles, restaurantes y hoteles, pedir boleta electrónica”, acotó la especialista.

Pamela Caballero quien estuvo presente en una entrevista con Zoila Guzmán en el programa La voz del consumidor de Radio Nacional, también hizo un llamado de alerta a la población, indicando que toda información, comunicación o notificación que Sunat realice lo hará a través de su buzón electrónico, que las personas deben verificar en la web en "Operaciones en línea" y digitando la clave sol o en el mismo APP Personas.

La especialista manifestó que las personas naturales, independientes o que se encuentren en planilla también pueden realizar gastos deducibles, entre ellos tenemos: los gastos en los restaurantes y hoteles, gastos de arrendamiento, aquellos que tienen una trabajadora del hogar y les pagan Essalud y ONP se les descuenta el 9 %, así como también se puede deducir gastos por servicios profesionales con un 30 %.

CRONOGRAMA DE RENTA ANUAL 2025

Este año la entidad recaudadora tiene como plazos de vencimiento para presentar el impuesto a la renta desde el 26 de marzo al 13 de abril (cronograma general) y desde 27 de mayo hasta el 10 de junio (cronograma ampliado para personas naturales y Mypes), según el último dígito del RUC. Mientras que también hay personas que aún no han presentado declaraciones mensuales o anuales de años anteriores, deben revisar si tienen notificaciones en su buzón electrónico, ya que podrían optar por una rebaja en la multa de hasta el 100% por regularizar sus declaraciones

cronograma sunat

Fuente: Sunat.

 

 

 

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