Óscar Urviola: diferencias entre estado de emergencia y estado de sitio

En el contexto de inseguridad que atraviesan la región La Libertad y el Vraem, el ex presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, explicó para El informativo de Radio Nacional, las diferencias constitucionales entre el estado de emergencia y el estado de sitio.
Urviola recordó que el artículo 137 de la Constitución establece dos mecanismos distintos ante situaciones críticas: el estado de emergencia y el estado de sitio. El primero se aplica en casos de perturbación del orden interno, catástrofes o eventos graves que afecten a la nación. En cambio, el estado de sitio se reserva para escenarios extremos como guerra exterior, guerra civil o su inminencia.
[Lee también: “Gobierno no claudicará ante la inseguridad ciudadana”, aseguran ministros]
“El estado de emergencia permite suspender ciertos derechos como la libertad personal, la inviolabilidad de domicilio, la libertad de reunión y de tránsito”, explicó. Asimismo, dijo que esta medida puede ser decretada por el presidente de la república por un máximo de 60 días, prorrogables mediante otro decreto supremo y puede aplicarse a nivel nacional o regional.
Respecto al caso actual en La Libertad, Urviola aclaró que no se ha declarado un estado de sitio, sino un estado de emergencia con restricciones al tránsito, lo que incluye toques de queda para evitar el accionar delictivo durante las noches. Subrayó que solo en el estado de sitio las Fuerzas Armadas asumen el control total del orden interno, mientras que en el estado de emergencia esto puede ocurrir solo si lo dispone expresamente el Ejecutivo.
En relación al contexto del Vraem, señaló que “no ha sido necesario establecer un estado de sitio pese a la presencia de bases militares”, lo cual refuerza que el estado de emergencia basta para atender situaciones como el narcotráfico o la minería ilegal.
MARCO LEGAL DEBE ADAPTARSE A LOS NUEVOS CONTEXTOS
Óscar Urviola también advirtió sobre la necesidad de adaptar el marco legal a los cambios sociales, como el impacto de la migración venezolana y la evolución de nuevas formas de delincuencia. En ese sentido, respaldó que se tomen medidas para calificar ciertos actos delictivos como terrorismo urbano, debido al alto nivel de violencia y al efecto desestabilizador que generan en la sociedad.
Finalmente, el exmagistrado hizo un llamado al Gobierno a actuar con firmeza ante crímenes como el ocurrido contra 13 trabajadores en una zona minera de La Libertad. “La sociedad peruana espera una respuesta inmediata y efectiva, no solo del Ejecutivo, sino también del Ministerio Público y del Poder Judicial”, concluyó.