Piden a centros comerciales dar periodos de gracia por alquiler de tiendas
La Asociación Nacional de Emprendedores Imparables, pidió hoy a los propietarios de todos los centros comerciales, que otorguen períodos de gracia para los pagos de alquiler y faciliten la cancelación de otros gastos mientras dure la emergencia nacional, decretada desde hace dos meses para hacer frente a la propagación del coronavirus.
La representante de los empresarios que debieron cerrar los negocios por la emergencia, Jenny Malpartida, demandó la atención de los dueños de centros comerciales para llegar a un acuerdo que beneficie a ambas partes, toda vez que esta es una crisis atípica en la que todos vienen siendo afectados económicamente.
“Nosotros como asociación les hemos enviado cartas para reunirnos con ellos, pero lo quieren hacer individualmente y no de manera grupal. No nos responden, el tiempo va pasando y las facturas se van acumulando”, explicó en declaraciones a un medio de comunicación.
Recordó que en los centros comerciales del país solo trabajan las farmacias y los supermercados y que todos los demás negocios se han paralizado.
/MO/ES/
Bono Universal: MTPE aprueba padrón del primer grupo de beneficiarios
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el Padrón del primer grupo de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario de 760 soles, autorizado en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 052-2020, en el marco de la intervención “Bono Familiar Universal”, dentro del contexto de la emergencia sanitaria por la covid-19.
El padrón fue propuesto por el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del MTPE y aprobado por medio de la Resolución Ministerial N° 087-2020-TR, publicada la noche del jueves en la edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Un total de 594,763 hogares conformarán el padrón aprobado, según se precisa en los considerandos de la norma, que lleva la firma de la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres Pizarro.
Por medio del Decreto de Urgencia N° 052-2020, que establece medidas extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los hogares afectados por las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria a nivel nacional, el Gobierno autorizó el otorgamiento, excepcional y por única vez, del subsidio monetario de 760 soles.
En el ámbito urbano, el subsidio monetario cuyo otorgamiento estará a cargo del MTPE, está orientado a hogares pobres y pobres extremos, así como a hogares no pobres cuyos miembros no son personas asalariadas del sector público y privado, exceptuando a pensionistas y modalidades formativas, siempre que cumplan con los siguientes criterios:
• Ninguno de sus miembros tenga un ingreso superior a 3,000 soles mensuales de acuerdo a la información disponible de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
• No reciba una transferencia monetaria de los programas sociales Juntos, Pensión 65, Contigo o bonos.
/NDP/
Ministerio de la Producción aprobó reglamento de bodegueros
El Ministerio de la Producción aprobó el reglamento de bodegueros a fin de impulsar el sector mediante instrumentos que promuevan su identificación, formalización, representatividad y desarrollo en el comercio interno.
En ese sentido, a través del Decreto Supremo Nº 010-PRODUCE-2020, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establecen las reglas de alcance nacional y de aplicación para todos los agentes económicos, sean personas naturales o jurídicas, que realicen la actividad bodeguera.
Se entiende por bodega al negocio desarrollado a nivel de micro y pequeña empresa, que consiste en la venta al por menor de productos de primera necesidad, predominantemente alimentos y bebidas, destinados a satisfacer los requerimientos diarios de los hogares.
El Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional “Tu Empresa” o el que haga sus veces, realiza campañas y estrategias de intervención a nivel nacional destinadas a facilitar y lograr la formalización de la actividad de los bodegueros.
Asimismo, implementa y administra una base de datos en línea de carácter público e informativo, denominado “Registro Nacional de Bodegueros” – RNB, otorga acceso al financiamiento de los bodegueros debidamente bancarizados, entre otros.
Los gobiernos locales, otorgarán de manera automática, gratuita y por única vez, previa conformidad de la zonificación y compatibilidad de uso correspondiente, la licencia provisional de funcionamiento, siempre que sea requerida expresamente por los bodegueros.
La licencia provisional de funcionamiento tiene una vigencia de 12 meses computados a partir de la fecha de presentación de los requisitos exigidos en el reglamento. Vencido el plazo de vigencia y no habiendo detectado irregularidades, o habiéndose detectado, éstas hubieren sido subsanadas, emite y notifica la licencia de funcionamiento definitiva de manera automática y gratuita.
/MO/ES/
Beneficiarios de programas sociales también recibirán bono rural de S/. 760
La ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Ariela Luna, informó hoy que las personas beneficiadas por programas sociales también recibirán el denominado bono rural, aunque solo se entregará uno por familia.
“Quiere decir que, si en una familia está una persona beneficiada por el programa Juntos y su papá que recibe Pensión 65, entonces solo se dará a uno de ellos”, precisó en entrevista brindada a una televisora local.
Estimó que más de 900,000 hogares de la zona rural se beneficiarán con este bono de 760 soles, lo cual les permitirá afrontar este aislamiento social obligatorio.
De otro lado, adelantó que se están ultimando detalles para la entrega del Bono Universal. En ese sentido, aclaró que las personas que ya recibieron un bono ya no volverán a salir en el padrón de beneficiados.
“Este Bono Universal viene a ser, de facto, un bono complementario pues incluye a las familias que por algún motivo no resultaron beneficiados en los anteriores”, indicó.
En esa línea, señaló que en este último tramo de la entrega de bonos se beneficiará a cerca de 1.5 millones de familias.
/MO/ES/
Agrobanco reprograma deudas de pequeños agricultores
El Banco Agropecuario (Agrobanco) informó que reprogramará las deudas sin intereses de los productores que tenían pagos pendientes de créditos con fechas de vencimiento entre el 14 de febrero y 30 de junio.
“Los agricultores nos han demostrado su firme compromiso con la seguridad alimentaria del país al realizar el abastecimiento continuo de los mercados, pese al contexto de emergencia sanitaria. En ese sentido desde Agrobanco y con el respaldo del Minagri y del ministro Jorge Montenegro, los apoyaremos vía la reprogramación de sus deudas”, dijo el presidente del directorio de Agrobanco, Wilfredo Lafosse.
Explicó que esta nueva medida de apoyo a los productores agropecuarios fue aprobada en el último directorio de la entidad y que ya podrá hacerse efectiva.
Dijo que este anuncio constituye un importante beneficio para las mujeres y hombres del campo que impulsan la pequeña agricultura familiar y representa un gran esfuerzo del banco y el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) en momentos en que la población está afectada por la emergencia sanitaria sin precedentes como el covid-19.
Los pequeños agricultores con deudas podrán consultar sobre este beneficio, ingresando su número de documento de identidad en la sección habilitada dentro de la web institucional del banco www.agrobanco.com.pe, denominada ‘Reprogramaciones’.
Cabe mencionar que la institución financiera, desde que inició la emergencia sanitaria, mantiene activas sus líneas de apoyo: 954911188, 942029653, 995810337, 954898498 o al 999997224, para la consulta de reprogramaciones y solicitud de créditos, a través de las cuales, los pequeños agricultores reciben de manera personalizada mayor alcance de su situación financiera.
/MO/ES/
Covid-19: Elevan a 65 años la edad del personal en riesgo en minería
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) elevó de 60 a 65 años la edad del personal en riesgo de contraer el nuevo coronavirus (covid-19) en las empresas del sector, y de 30 a 40 a más el índice de masa corporal.
Así lo establece el portafolio en la Resolución Ministerial N° 135-2020-MINEM-DM, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, que dispone modificaciones al Documento denominado “Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al Covid-19 en las actividades del Subsector Minería, el Subsector Hidrocarburos y el Subsector Electricidad”
Tras las modificaciones precisadas, se consideran factores de riesgo para covid-19:
- Edad mayor de sesenta y cinco (65) años.
- Hipertensión arterial.
- Enfermedades cardiovasculares.
- Cáncer
- Diabetes Mellitus.
- Obesidad con Índice de Masa Corporal (IMC) de 40 a más.
- Asma
- Enfermedad pulmonar crónica.
- Insuficiencia renal crónica.
- Enfermedad, tratamiento inmunosupresor u otros estados de inmunosupresión.
Asimismo, se establece en la modificación de la normativa que el responsable de seguridad y salud de los trabajadores no solo será el profesional de la salud, sino que también otros del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, que cumple la función de gestionar la vigilancia de los servidores en el marco de la Ley N° 29783.
/HQ/ES/
Telecomunicaciones: Habilitan correo para recibir solicitudes de reanudación
Como parte de la reanudación progresiva de los servicios de telecomunicaciones, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció el medio a través del cual los concesionarios públicos de telecomunicaciones, deberán enviar sus solicitudes de reanudación de actividades.
Las empresas, así como los contratistas y proveedores que se encuentren en sus instalaciones, a partir de la fecha deberán presentar dicha solicitud al correo electrónico protocolos_dgppc@mtc.gob.pe.
Ahí deberán adjuntar los requisitos que se establecen en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N°260-2020-MTC/27, entre los cuales se encuentran el Plan de Reanudación, Protocolo, entre otros.
El MTC verificará el cumplimiento de los requisitos en un plazo de cinco días calendario, contados desde la recepción de la solicitud. Vencido el plazo para responder se entiende autorizado para reanudar.
Una vez aprobados los requisitos para que la empresa reanude sus operaciones, se le proporcionará un usuario y clave para que puedan proceder con el registro de datos en el Sistema Integrado para covid-19.
Como se recuerda, los servicios vinculados a las telecomunicaciones forman parte de la Fase I de la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional a causa del brote del coronavirus.
/MO/ES/
Bancos informan nuevos horarios de atención
Desde hoy la mayoría de bancos del país amplia su horario de atención en concordancia con la disposición del Ejecutivo de modificar de 6 de la tarde a 8 de la noche el inicio de la inmovilización social obligatoria, a excepción de 5 regiones, en el marco del estado de emergencia.
Tal y como informó el Ejecutivo, el nuevo horario regirá en todo el país, a excepción de las regiones de Piura, Loreto, Lambayeque, Tumbes y La Libertad. En estas regiones la atención en los bancos será hasta las dos de la tarde, pues se mantiene la inmovilización de 4pm. a 4am. del día siguiente.
Los principales bancos del país, a través sus respectivas cuentas Twitter, informaron sus nuevos horarios, es así que el Banco de Crédito del Perú (BCP) dispuso su atención de lunes a viernes de 9 de la mañana a 4 de la tarde, salvo en las cinco regiones antes indicadas, donde se atenderá hasta las 2 de la tarde. Sábado no hay atención a nivel nacional.
Indicó que no todas las agencias estarán abiertas, por lo que se recomienda consultar www.viabcp.com.
De otro lado, la entidad financiera Scotiabank ha establecido un doble horario a partir de hoy lunes. Será de 9 a 10 de la mañana atención exclusiva para mayores de 60 años, de 10 a 5 de la tarde para público en general. Esto, a excepción de las regiones antes indicadas. Los sábados no hay atención.
En el BBVA la atención a partir de hoy será de 9 a 5 de la tarde, y en las citadas regiones de alto riesgo, de 9 a 2 de la tarde.Un horario similar anunció Interbank en sus redes sociales.
/MO/ES/
Aprueban procedimiento que permitirá iniciar retiro del 25% de fondos de las AFP
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó, a través de una resolución, el procedimiento operativo, el cual permitirá iniciar las solicitudes del retiro extraordinario del 25% de los fondos de AFP; medida que busca sopesar el impacto económico de la pandemia del coronavirus en el Perú.
La Resolución Nº 1352-2020, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, precisa que el documento entrará en vigencia a partir del próximo lunes 18 de mayo.
De esta manera los afiliados podrán iniciar su solicitud de retiro por única vez y en un plazo máximo de 60 días calendario, teniendo en cuenta los montos indicados por la ley, es decir, desde los 4,300 hasta 12,900 soles.
Además, de acuerdo con la resolución, las AFP deberán facilitar canales de atención para que los aportantes puedan informarse y realizar sus solicitudes. Además, deberán determinar cómo se hará efectivo el pago.
Señala que la entrega de los fondos requeridos será afectuado, primero en un 50% luego de 10 días calendario de emitido el pedido. La otra mitad será entregada 30 días después de realizado el primer desembolso.
Asimismo, quienes se hayan acogido al retiro extraordinario de S/2,000 también podrán retirar lo que indica la nueva ley. Sin embargo, se descontará el monto ya obtenido.
El Congreso de la República aprobó el pasado 30 de abril la Ley N° 31017, bajo la cual los peruanos pueden retirar hasta 25 % de los fondos de la AFP.
/MO/ES/
Minem implementa medidas para reactivación de actividad minera
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) emitió las resoluciones ministeriales N° 128-2020-MINEM/DM y N° 129-2020-MINEM/DM, que aprobaron el Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al covid-19, y los Criterios de Focalización Territorial, respectivamente.
Ello con el fin de reanudar las actividades de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, así como los proyectos de construcción de mina.
Para reanudar sus operaciones en esta Fase I de la reactivación, los titulares de la gran minería deberán cumplir criterios como: tener unidades que procesan más de 5,000 TM/d; contar con campamentos mineros y/o disponer de alojamientos externos que garanticen las condiciones de salud establecidas en los protocolos sanitarios, y haber declarado producción a diciembre del 2019, a través del Reporte de Estadística Minera (Estamin).
Asimismo, deberán cumplir con los lineamientos y/o normas dictadas por el Ministerio de Salud (Minsa) para el cuidado y vigilancia de la salud de los trabajadores ante el Covid-19 y no tener medidas administrativas o judiciales de paralización.