La voz del consumidor

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Conoce más sobre la publicidad engañosa al comprar boletos para un concierto

El especialista del Indecopi precisó que toda denuncia debe ir con pruebas sustentatorias. Foto: captura: Radio Nacional
17:05 h - Mar, 28 Abr 2026

Ante los constantes eventos que se organizan en el país, la ciudadanía debe estar informada sobre la publicidad engañosa al momento de adquirir una entrada y no dejarse sorprender por presuntas estafas. Por ello, un especialista de Indecopi estuvo presente en el programa La voz del consumidor para explicar este tema.  

El representante de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Iván Martel, comentó que las empresas están en la obligación de transparentar toda la información del concierto o evento al momento de promocionarlo por cualquier medio de publicidad.

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INFORMACIÓN PARA EL CONSUMIDOR

El especialista dijo que la empresa debe transparentar a través de todas sus plataformas oficiales las reglas claras, información detallada y veraz para que el consumidor no pueda ser inducido al error al momento de la compra de su entrada. El boleto debe mencionar la fecha, la hora del evento y el costo exacto, además la empresa debe dar conocer si hubiese fechas de preventa.

Martel comentó que la empresa organizadora también debe precisar al consumidor cuántas entradas como máximo podrá adquirir o si se pueden transferir a otra persona. Los usuarios deben tener todo claro y que el producto que van adquirir tiene que ser acorde con lo que se anuncia en la publicidad.

Para cualquier denuncia es fundamental que el usuario presente su boleta, es una prueba fundamental de una publicidad engañosa. También, inducen al engaño cuando, por ejemplo, te cobran un precio que no está anunciado en la publicidad y luego te terminan cobrando el doble”, precisó Martel.

El representante de Indecopi precisó que, en las normas de competencia desleal, no mencionan nada acerca de las reventas. Por ello, es la empresa la que debe precisar si es válida la transferencia de la entrada. Asimismo, agregó que la reventa no está prohibida, siempre y cuando cumpla las condiciones de no inducir al error o engaño a los consumidores.

En el marco de la competencia desleal, por ejemplo, si una empresa en su publicidad dice que tiene las últimas entradas o que son el evento número uno del Perú, tiene que contar con los medios probatorios que lo sustenten, debe demostrar que efectivamente está vendiendo las últimas entradas. Si alguien denuncia debe presentar la lista detallada y que le quedan pocas entradas a la venta”, precisó Martel.

El especialista se refirió ante los cambios de horarios o ausencia de los artistas en los conciertos, precisando que de igual manera los consumidores deben tener medios probatorios y las pruebas suficientes para que se haga la denuncia correspondiente ante la promotora o empresa organizadora.

Por último, Martel finalizó invitando a visitar los canales oficiales de Indecopi. Los consumidores pueden comunicarse a la línea gratuita 0800 44040, para que el personal de la institución pueda resolver sus dudas o consultas.

 

 

 

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